
En la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2021, de acuerdo con cifras de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), alrededor de 196 mil personas naturales (trabajadores en planilla e independientes) obtuvieron la devolución de un monto de dinero por deducir algunos gastos.
Se trata de aquellas compras o contratos de servicios en diversos rubros que realizas y que luego se sustraen o se consideran a cuenta del pago del Impuesto a la Renta en beneficio del contribuyente. El monto se deducirá o restará de tus ingresos, con lo cual tendrás un menor impuesto a pagar o un saldo a favor, y se obtiene de la suma de determinados porcentajes aplicados según el tipo de gasto.
Debes tener en cuenta que el comprobante sea válido, el RUC del emisor se encuentre en estado activo y habido al 31 de diciembre de cada año; y, sobre todo, no estar con baja de inscripción en el RUC a la fecha de emisión del comprobante.
Se trata de los gastos que haces a lo largo del año en restaurantes, bares, hoteles, servicios turísticos, actividad artesanal, alquiler de inmuebles, aportaciones a EsSalud por trabajadores del hogar, servicios profesionales y oficios. Ese gasto lo puedes utilizar para reducir el impuesto a la renta que te corresponde pagar en tu declaración anual y tiene un límite de 3 UIT que es un complete S/13,800, teniendo en cuenta que este 2022, cada UIT es de S/ 4,600.
Trabajador independiente: prestas servicios de manera private e particular person y emites recibos por honorarios; es decir, generas rentas de cuarta categoría.
Trabajador dependiente: prestas servicios en forma subordinada para un empleador; es decir, generas rentas de quinta categoría.

– Restaurantes, bares y hoteles: debes pedir boleta de venta electrónica y el monto que puede descontarse del impuesto a la renta es del 25% del complete de la operación. Esto incluye el servicio por supply. Los comprobantes deberán identificar al usuario con el número DNI y a los extranjeros domiciliadas en el país con su número de RUC.
– Servicios profesionales: descontará 30% del gasto efectuado. Ten en cuenta que el emisor no debe tener la condición de no habido, ni estar de baja de inscripción en el RUC a la fecha de emisión del comprobante.
– Alquiler de inmuebles: descontará 30% del arrendamiento que se paga. Ten en cuenta que el emisor no debe tener la condición de no habido, ni estar de baja de inscripción en el RUC a la fecha de emisión del comprobante.
– EsSalud a trabajadores del hogar: la deducción es del 100% del aporte al Seguro Social. El empleador debe estar inscrito como empleador en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes.

– Servicios de guías de turismo y de turismo de aventura, ecoturismo o similares: los descuentos por gastos son mayores, siempre y cuando estén sustentados en recibos por honorarios electrónicos, por lo cual la deducción es del 50% del comprobante.
– Artesanías: la deducción es del 50%, aplica para los servicios de artesanos, también sustentados en recibos por honorarios electrónicos y siempre que el prestador del servicio esté inscrito en el Registro Nacional del Artesano a cargo del Mincetur.
– Agencias de viaje y turismo: también pueden ser objeto de deducción del impuesto a la renta, por un porcentaje de hasta el 25%.
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