{"id":449632,"date":"2022-12-22T09:19:42","date_gmt":"2022-12-22T09:19:42","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=449632"},"modified":"2022-12-22T09:19:42","modified_gmt":"2022-12-22T09:19:42","slug":"los-agentes-lamentan-el-real-decreto-de-comunicacion-de-datos-a-interior","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/los-agentes-lamentan-el-real-decreto-de-comunicacion-de-datos-a-interior\/","title":{"rendered":"Los agentes lamentan el Real Decreto de comunicaci\u00f3n de datos a Interior"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div id=\"textoNoticia\">\n<p class=\"v1MsoNormal\"><strong>La Confederaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Agencias de Viajes (CEAV), <\/strong>junto con la Uni\u00f3n Empresarial de Agencias de Viajes (UNAV) y la Asociaci\u00f3n Catalana de Agencias de Viajes Emisoras (ACAVe), <strong>cuestionan la aplicaci\u00f3n del Actual Decreto 933\/2021, de 26 de octubre<\/strong>, por el que <strong>a partir del 2 de enero de 2023<\/strong> se establecen las \u201c<strong>obligaciones de registro documental e informaci\u00f3n de las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas<\/strong> que ejercen actividades de <strong>hospedaje y alquiler de <\/strong><strong>veh\u00edculos a motor<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">El Sector explica que, en aplicaci\u00f3n de la normativa, las agencias <strong>\u201cse ver\u00e1n obligadas\u201d a comunicar al Ministerio de Inside los datos<\/strong> de las <strong>reservas<\/strong> de las personas f\u00edsicas que se hospeden en <strong>alojamientos espa\u00f1oles<\/strong> o que <strong>alquilen un veh\u00edculo a motor<\/strong> en el territorio espa\u00f1ol. Afirmando que es<strong> \u201ctotalmente improcedente\u201d<\/strong> la atribuci\u00f3n de esta obligaci\u00f3n cuando <strong>\u201ccarecen medios para hacer frente a la misma\u201d<\/strong>.<\/p>\n<blockquote><p>&#13;<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">Afirman que la medida es &#8220;totalmente improcedente&#8221; ya que &#8220;carecen medios para hacer frente a la misma\u201d<\/p>\n<p>&#13;\n<\/p><\/blockquote>\n<p class=\"v1MsoNormal\">Los agentes de viajes espa\u00f1oles aseguran que, <strong>hasta ahora, la obligaci\u00f3n<\/strong> de comunicar los datos <strong>afectaba \u00fanicamente a los establecimientos de alojamiento<\/strong>, los cuales deb\u00edan informar de los mismos en el momento en que se produc\u00eda la entrada del viajero.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">Sin embargo, el actual decreto 933\/2021 establece que \u201c<strong>tambi\u00e9n deber\u00e1 realizarse una comunicaci\u00f3n previa de los datos en el momento en que se produce la reserva<\/strong>, atribuyendo esta obligaci\u00f3n a las agencias de viajes en su calidad de intermediarias entre el establecimiento de hospedaje y el consumidor, obligaci\u00f3n que tambi\u00e9n amplia a las reservas de alquiler de veh\u00edculos a motor\u201d.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\"><strong>\u201cTotalmente improcedente\u201d<\/strong><\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\"><strong>Las Asociaciones empresariales <\/strong><strong>consideran que es \u201ctotalmente improcedente\u201d<\/strong> que se haya atribuido esta obligaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n de los datos a las agencias. \u201cEn su calidad de intermediarias en las reservas,<strong> las agencias de viajes trasladan los datos<\/strong> de los viajeros a los establecimientos de alojamiento o a las empresas de alquiler de veh\u00edculos a motor<strong> a fin de que las reservas puedan perfeccionarse<\/strong>, motivo por el cual <strong>deber\u00edan ser los establecimientos de alojamiento y las empresas de alquiler de veh\u00edculos los obligados a esta comunicaci\u00f3n, y no las agencias de viajes<\/strong>\u201d, <strong>afirman<\/strong>.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">En este sentido, explican que esto \u201cya sucede en otra normativa similar\u201d, como es \u201cla referente\u201d a la comunicaci\u00f3n de los datos incluidos en los PNRs de las reservas de billetes a\u00e9reos, en la cual \u201cel legislador espa\u00f1ol opt\u00f3 por atribuir est\u00e1 responsabilidad a las compa\u00f1\u00edas a\u00e9reas y no a las agencias de viajes, siendo <strong>totalmente incomprensible que ahora el Gobierno espa\u00f1ol haya optado por atribuir la obligaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n a las agencias de viajes<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">Las Organizaciones empresariales del Sector recuerdan que, la Ley Org\u00e1nica 4\/2015, \u201cde la cual emana este Real Decreto, s\u00f3lo se refiere a las empresas de hospedaje y de transporte, siendo totalmente desproporcionado que el Gobierno espa\u00f1ol haya realizado una definici\u00f3n extensiva de estos sectores, incluyendo as\u00ed a las agencias de viajes, cuando \u00e9stas no prestan ni el servicio de hospedaje ni el de alquiler de veh\u00edculos\u201d.<\/p>\n<blockquote><p>&#13;<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">La &#8220;gran mayor\u00eda&#8221; de las agencias de viajes se ver\u00e1n &#8220;totalmente impedidas&#8221; para realizar una integraci\u00f3n tecnol\u00f3gica<\/p>\n<p>&#13;\n<\/p><\/blockquote>\n<p class=\"v1MsoNormal\">Puntualizan que las agencias de viajes, \u201ca d\u00eda de hoy, carecen de medios suficientes para hacer frente a esta nueva obligaci\u00f3n impuesta por el Real Decreto 933\/2021\u201d. \u201cEs importante recordar que l<strong>a gran mayor\u00eda de agencias de viajes son pymes y micropymes<\/strong>, las cuales <strong>se ver\u00e1n totalmente impedidas a realizar una integraci\u00f3n tecnol\u00f3gica para la comunicaci\u00f3n m\u00e1quina a m\u00e1quina de este gran volumen de datos<\/strong> que les exige la nueva normativa, vi\u00e9ndose abocadas a realizar una comunicaci\u00f3n manual de estos datos, a trav\u00e9s de la plataforma que el Ministerio del Interior habilit\u00f3 el pasado 19 diciembre, a escasos d\u00edas de la entrada en vigor de esta obligaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n\u201d, subrayan.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">As\u00ed, los representantes del Sector puntualizan que la comunicaci\u00f3n guide de datos, que la normativa establece, <strong>deben trasladarse en un plazo \u201cno superior a 24 horas\u201d<\/strong>, supondr\u00e1 que l<strong>as agencias \u201ctengan que afrontar importantes costes de personal<\/strong> en un momento en que estas empresas todav\u00eda est\u00e1n recuper\u00e1ndose de los graves da\u00f1os econ\u00f3micos producidos por la pandemia\u201d.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\"><strong>Normativa \u201csin contar con la opini\u00f3n del Sector\u201d<\/strong><\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\"><strong>CEAV lamenta que esta normativa se haya aprobado \u201csin contar con la opini\u00f3n\u201d<\/strong> de los agentes de viajes y \u201cdesconociendo la operativa real del Sector\u201d. En este sentido se\u00f1alan que \u201cno ha sido hasta este a\u00f1o, cuando, una vez que ya aprobada y publicada la normativa, el Ministerio del Interior se ha reunido, a petici\u00f3n de \u00e9stas, con las Organizaciones representativas del Sector de las agencias de viajes, reuniones en las que<strong> se ha puesto de manifiesto la incongruencia de la normativa en cuanto a su aplicaci\u00f3n a las agencias de viajes<\/strong>\u201d.<\/p>\n<blockquote><p>&#13;<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">La normativa se ha aprobado \u201csin contar con la opini\u00f3n\u201d del Sector de las agencias de viajes y \u201cdesconociendo la operativa real del Sector\u201d<\/p>\n<p>&#13;\n<\/p><\/blockquote>\n<p class=\"v1MsoNormal\">En un comunicado, CEAV y otras dos Asociaciones (UNAV y ACAVe) lamentan que<em>, <\/em>despu\u00e9s de las reuniones mantenidas con el Ministerio del Inside y de \u201clos problemas expuestos<em>\u201d<\/em> en la aplicaci\u00f3n de esta normativa en las agencias, as\u00ed \u201ccomo su incongruencia con la Ley Org\u00e1nica 4\/2015\u201d, <strong>el Ministerio \u201csimplemente haya aceptado reducir los datos que se tendr\u00e1n que aportar respecto a las reservas realizadas,<\/strong> pues muchos de estos datos era imposible que las agencias de viajes los pudieran facilitar, por desconocerlos, manteniendo la obligaci\u00f3n de las agencias respecto a la comunicaci\u00f3n del resto de datos\u201d.<\/p>\n<p class=\"v1MsoNormal\">\u201cEl 2 de enero entrar\u00e1 en vigor la obligaci\u00f3n de comunicar los datos, con un periodo transitorio de adaptaci\u00f3n hasta el 2 de junio de 2023 que el Gobierno espa\u00f1ol se ha visto obligado a establecer para asegurar el correcto funcionamiento de la plataforma Ses. Hospedajes.<strong> Estamos trabajando de manera conjunta para estudiar las posibles acciones que se pueden emprender al respecto<\/strong>\u201d, concluyen los portavoces de los agentes de viajes espa\u00f1oles.<\/p>\n<\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes news.google.com &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Confederaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Agencias de Viajes (CEAV), junto con la Uni\u00f3n Empresarial de Agencias de Viajes (UNAV) y la Asociaci\u00f3n Catalana de Agencias de Viajes Emisoras (ACAVe), cuestionan la aplicaci\u00f3n del Actual Decreto 933\/2021, de 26 de octubre, por el que a partir del 2 de enero de 2023 se establecen las \u201cobligaciones de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":449633,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"jnews-multi-image_gallery":[],"jnews_single_post":[],"jnews_primary_category":[],"jnews_social_meta":[],"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[621,2390,3504,2376,3322,14731,4076],"class_list":["post-449632","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-industria","tag-agentes","tag-comunicacion","tag-datos","tag-decreto","tag-interior","tag-lamentan","tag-real"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/449632","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=449632"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/449632\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/449633"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=449632"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=449632"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=449632"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}