{"id":446834,"date":"2022-12-19T13:37:16","date_gmt":"2022-12-19T13:37:16","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=446834"},"modified":"2022-12-19T13:37:16","modified_gmt":"2022-12-19T13:37:16","slug":"la-tasa-turistica-entrara-en-vigor-en-diciembre-de-2023-y-se-evaluara-su-eficacia-cada-tres-anos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/la-tasa-turistica-entrara-en-vigor-en-diciembre-de-2023-y-se-evaluara-su-eficacia-cada-tres-anos\/","title":{"rendered":"La tasa tur\u00edstica entrar\u00e1 en vigor en diciembre de 2023 y se evaluar\u00e1 su eficacia cada tres a\u00f1os"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div>\n<p>VAL\u00c8NCIA (EP). El Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) publica este lunes la ley de la tasa tur\u00edstica en la Comunitat Valenciana, un impuesto que entrar\u00e1 en vigor dentro de un a\u00f1o, se aplicar\u00e1 voluntariamente por cada ayuntamiento y se evaluar\u00e1 su eficacia cada tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>Con la publicaci\u00f3n de la Ley 7\/2022 de &#8220;medidas fiscales para impulsar el turismo sostenible&#8221;, firmada por el &#8216;president&#8217; <strong>Ximo\u00a0<\/strong><strong>Puig<\/strong>, se pone fecha a la aplicaci\u00f3n de la tasa despu\u00e9s de siete a\u00f1os de debate entre los socios del gobierno del Bot\u00e0nic (PSPV-Comprom\u00eds-Unides Podem).<\/p>\n<p>Como ya se acord\u00f3, el impuesto ser\u00e1 de car\u00e1cter municipal y voluntario, oscilar\u00e1 entre 0,5 y 2 euros por d\u00eda en funci\u00f3n de la categor\u00eda de cada alojamiento y estar\u00e1 bonificado al 100%. Adem\u00e1s, cada ayuntamiento podr\u00e1 decidir si establecer un recargo y cobrar m\u00e1s.<\/p>\n<p>En concreto, la ley establece que la tasa se abonar\u00e1 en establecimientos hoteleros, bloques y conjuntos de apartamentos tur\u00edsticos, viviendas de uso tur\u00edstico, campings, \u00e1reas de pernocta en tr\u00e1nsito para autocaravanas, alojamientos rurales y albergues. Tambi\u00e9n en embarcaciones de crucero cuando hagan escala en un puerto de la Comunitat, pero no cuando tengan salida o destino closing, considerando al crucerista como sujeto contribuyente.<\/p>\n<p>Se entender\u00e1 como d\u00eda de estancia, en todos los supuestos excepto en los cruceros, la franja entre las 12 horas del mediod\u00eda entre un d\u00eda y el siguiente, con o sin pernoctaci\u00f3n. El n\u00famero m\u00e1ximo de d\u00edas a computar en cada periodo ser\u00e1 de siete d\u00edas por persona.<\/p>\n<p>En el caso de los cruceros, se considerar\u00e1 como estancia cada uno de los periodos de 24 horas computados desde el fondeo o amarre de la embarcaci\u00f3n. Sin embargo, en todos los supuestos, las estancias inferiores a estas franjas horarias tambi\u00e9n se tendr\u00e1n en cuenta como un d\u00eda a la hora de abonar la tasa.<\/p>\n<h2>Precio por categor\u00edas<\/h2>\n<p>Respecto al precio, en los establecimientos hoteleros (hoteles, aparta-hoteles y hoteles-balnearios) ser\u00e1 de dos euros por d\u00eda en hoteles de cinco estrellas y cuatro estrellas superior, de 1,5 euros en los de cuatro estrellas y tres estrellas superior, de 1 euros en los de tres, dos y una estrella y de 0,5 euros en hostales y pensiones.<\/p>\n<p>En los bloques y apartamentos se abonar\u00e1 1,5 euros (categor\u00eda superior) 1 euro (primera categor\u00eda) o 0,5 (est\u00e1ndar), mientras en los pisos tur\u00edsticos se diferenciar\u00e1 entre los de categor\u00eda superior (1,5 euros) y los de est\u00e1ndar (1 euros). En los alojamientos rurales oscilar\u00e1 entre 1,5 euros (casas de cinco o cuatro estrellas y gran lujo), 1 euros (casas y hostales de cuatro y tres estrellas) y 0,5 euros (casa y hostales de tres, dos y una estrella o acampadas en finca explicit).<\/p>\n<p>Por su parte, en los cruceros se pagar\u00e1 1,5 euros por d\u00eda y en campings, albergues y \u00e1reas de pernocta para autocaravanas la tasa ser\u00e1 de 0,5 euros.<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso, las plataformas digitales de comercializaci\u00f3n ajenas al establecimiento u otros intermediarios podr\u00e1n incluir el importe del impuesto en el cobro, aunque s\u00ed tendr\u00e1n que informar del deber de pagarlo antes del closing de la estancia.<\/p>\n<p>Tanto la tramitaci\u00f3n del tributo como la resoluci\u00f3n de sanciones, que oscilar\u00e1n entre 300 y 2.000 euros, corresponder\u00e1 a la Agencia Tributaria Valenciana. La direcci\u00f3n basic de la Polic\u00eda suministrar\u00e1, por medios electr\u00f3nicos, los datos del registro de personas alojadas en establecimientos que sean estrictamente necesarios para la comprobaci\u00f3n del impuesto. Adem\u00e1s, las autoridades portuarias deber\u00e1n remitir la relaci\u00f3n de cruceros que hayan hecho escala durante el a\u00f1o anterior.<\/p>\n<h2>\u00bfQui\u00e9nes no pagar\u00e1n la tasa?<\/h2>\n<p>Estar\u00e1n exentos de pagar el impuesto los menores de 16 a\u00f1os y las personas con un grado de discapacidad igual o superior a un 66%, as\u00ed como los participantes en estancias subvencionadas por programas sociales de cualquier pa\u00eds de la Uni\u00f3n Europea, en viajes por motivo de salud justificado o en desplazamientos por fuerza mayor (cat\u00e1strofes naturales o actos violentos).<\/p>\n<p>Tampoco se abonar\u00e1 en las estancias realizadas la pink valenciana de albergues juveniles, siempre que sus destinatarios tengan menos 30 a\u00f1os, as\u00ed como en los viajes para participar en competiciones<br \/>deportivas oficiales, en los de utilidad p\u00fablica, en los de congresos o eventos cient\u00edficos organizados por universidades p\u00fablicas valencianas.<\/p>\n<p>Todos los ingresos se reinvertir\u00e1n en el propio sector, en acciones como mejorar los servicios tur\u00edsticos en los municipios, promocionar el destino Comunitat Valenciana y su desestacionalizaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n, impulsar una movilidad m\u00e1s sostenible o proteger y regenerar el medio ambiente y los recursos naturales y promocionarlos como patrimonio.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n en conservar el patrimonio cultural y en incentivar la participaci\u00f3n de turistas en acontecimientos culturales y festivos, as\u00ed como en pol\u00edticas de acceso a la vivienda en zonas afectadas por una subida de precios a consecuencia de la afluencia tur\u00edstica y en la lucha contra el intrusismo y el fraude en los alojamientos.<\/p>\n<p>Otros de los objetivos del Consell son dedicar la recaudaci\u00f3n a impulsar buenas pr\u00e1cticas laborales en el sector, combatir la precariedad, mejorar las infraestructuras y dotaciones tur\u00edsticas, impulsar un turismo m\u00e1s inclusivo y accesible, mejorar los barrios con mayor afluencia o digitalizar la gesti\u00f3n de destinos y establecimientos.<\/p>\n<h2>Recargo municipal voluntario<\/h2>\n<p>Junto a la propia tasa, cada ayuntamiento podr\u00e1 establecer un recargo a trav\u00e9s de una ordenanza municipal, que ser\u00e1 de un m\u00e1ximo del 100% de la cuota \u00edntegra. Tendr\u00e1n competencia para establecer dos o m\u00e1s tramos anuales diferentes del recargo, seg\u00fan las circunstancias y peculiaridades de cada localidad.<\/p>\n<p>Los ayuntamientos podr\u00e1n dedicar la recaudaci\u00f3n de este recargo a ayudas a establecimientos y servicios tur\u00edsticos de titularidad privada o a planes de sostenibilidad tur\u00edstica locales o comarcales.<\/p>\n<p>De cara al futuro se crear\u00e1 una comisi\u00f3n auton\u00f3mica de asesoramiento y seguimiento de la implementaci\u00f3n del impuesto, formada por representantes de la secretaria auton\u00f3mica de Turismo y la Conselleria de Hacienda junto a otros de empresas del sector, sindicatos, asociaciones de vecinos y responsables municipales. Cada tres a\u00f1os, la Generaliat elaborar\u00e1 un informe de evaluaci\u00f3n de la eficacia de la tasa.<\/p>\n<p>En basic, en el texto de la ley se defiende la necesidad de la tasa, destacando que Chipre es el \u00fanico pa\u00eds del sur de Europa que no cuenta con un impuesto comparable y garantizando que se aplicar\u00e1 &#8220;de manera coherente&#8221; con el resto del ordenamiento jur\u00eddico nacional y europeo.<\/p>\n<\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes news.google.com &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>VAL\u00c8NCIA (EP). El Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) publica este lunes la ley de la tasa tur\u00edstica en la Comunitat Valenciana, un impuesto que entrar\u00e1 en vigor dentro de un a\u00f1o, se aplicar\u00e1 voluntariamente por cada ayuntamiento y se evaluar\u00e1 su eficacia cada tres a\u00f1os. 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