{"id":434263,"date":"2022-11-28T23:50:05","date_gmt":"2022-11-28T23:50:05","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=434263"},"modified":"2022-11-28T23:50:06","modified_gmt":"2022-11-28T23:50:06","slug":"multa-a-las-principales-discotecas-de-bariloche-por-cartelizacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/multa-a-las-principales-discotecas-de-bariloche-por-cartelizacion\/","title":{"rendered":"Multa a las principales discotecas de Bariloche por cartelizacion"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div>\n<p>A partir de una investigaci\u00f3n instruida por la Comisi\u00f3n Nacional de Defensa de la Competencia, la autoridad recomend\u00f3 a la Secretar\u00eda de Comercio sancionar a la empresa ALLIANCE S.A.S. con una multa de 150 millones de pesos \u2014la m\u00e1xima posible bajo la Ley 25.156, que se encontraba vigente al momento de los hechos\u2014, y a la empresa GRIS\u00da S.A. con una multa de 90,3 millones de pesos por encontrarse evidencia de la existencia de un acuerdo colusorio para fijar precios y repartirse el mercado de servicios de discoteca para el turismo estudiantil en la ciudad de Bariloche.<\/p>\n<p>Asimismo, la CNDC dispuso que la disco Genux (CADEHSUR S.A.) no sea controlada por una persona humana o jur\u00eddica que tenga vinculaci\u00f3n con ALLIANCE, ni sus directivos o accionistas.<\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n comenz\u00f3 en 2018 a ra\u00edz de una denuncia del socio gerente de POWERLINK, una empresa que se dedica a organizar espect\u00e1culos y reuniones de car\u00e1cter art\u00edstico y cultural en el establecimiento denominado Puerto Rock Bariloche y que, para el turismo estudiantil que visita la ciudad de Bariloche, organiza la denominada \u201cfiesta de bienvenida\u201d y otras fiestas destinadas a este p\u00fablico.<\/p>\n<p>Las empresas denunciadas, ALLIANCE y GRIS\u00da, ofrecen servicios de discoteca en la ciudad de Bariloche y, espec\u00edficamente, ofrecen este tipo de servicios a las agencias de turismo que comercializan paquetes de viajes estudiantiles para egresados de las escuelas secundarias de todo el pa\u00eds. En concreto, la empresa ALLIANCE opera las discotecas By-pass, Rocket, Cerebro y Genux, mientras que la empresa GRIS\u00da opera la discoteca hom\u00f3nima, todas ellas ubicadas en la ciudad de la provincia de R\u00edo Negro.<\/p>\n<p>En la investigaci\u00f3n se corrobor\u00f3 que las empresas ALLIANCE y GRIS\u00da establecieron un acuerdo para la fijaci\u00f3n conjunta de los precios de las entradas a las discotecas operadas por ellas, emitiendo un tarifario \u00fanico que hac\u00edan llegar a las agencias de turismo de forma peri\u00f3dica, incluyendo el porcentaje de aumento. En los casos en los que existieron negociaciones con las agencias de turismo en relaci\u00f3n al precio y a las condiciones de pago, \u00e9stas se basaban en dicho tarifario \u00fanico.<\/p>\n<p>Asimismo, se verific\u00f3 un acuerdo para el reparto de mercado por franja horaria entre las empresas denunciadas y la denunciante. Dicho acuerdo estuvo instrumentado por medio de un \u00abMemor\u00e1ndum de Entendimiento\u00bb que estuvo vigente desde 2004 hasta el a\u00f1o 2017 inclusive. El esquema de reparto se encontraba basado en el fraccionamiento del mercado entre el segmento de \u201cPre Dancing\u201d, con horario de 17.00 a 00.00 hs. y, el segmento de \u201cDiscoteca Nocturna\u201d a partir de las 00.00hs. La repartici\u00f3n del mercado se organiz\u00f3 con la empresa POWERLINK en la franja del \u201cPre Dancing\u201d ofreciendo la \u201cfiesta de bienvenida\u201d y otras fiestas, y las empresas ALLIANCE y GRIS\u00da, en la franja de \u201cDiscoteca Nocturna\u201d, ofreciendo el servicio de discoteca en los establecimientos bailables By-pass, Rocket, Cerebro, Genux y Gris\u00fa. A su vez, se corrobor\u00f3 el reparto de clientes para que, a lo largo de la duraci\u00f3n del viaje de egresados, los estudiantes concurran, como m\u00ednimo, una noche a cada discoteca en horario nocturno y para que concurran tanto a las fiestas prestadas en horarios de matin\u00e9e como en horario nocturno.<\/p>\n<p>Estas pr\u00e1cticas concertadas generaron un claro perjuicio de manera directa a las agencias de turismo estudiantil a nivel nacional y de manera indirecta a los estudiantes que en definitiva demandan la ciudad de Bariloche como destino de viajes de egresados. En efecto, la concertaci\u00f3n permiti\u00f3 que las empresas cobren mayores precios que los que hubieran prevalecido en ausencia de la conducta y cuenten con una mejor posici\u00f3n negociadora ante las agencias de turismo frente a la que habr\u00eda cabido en ausencia del acuerdo, e impidi\u00f3 que los consumidores finales puedan adquirir una cantidad diferente de noches de discotecas a las establecidas por las firmas investigadas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las multas aplicadas a las empresas ALLIANCE y GRIS\u00da y la desconcentraci\u00f3n ordenada a ALLIANCE, la CNDC dispuso: i) ordenar a ALLIANCE, GRIS\u00da y POWERLINK el cese de la cartelizaci\u00f3n e intercambio de informaci\u00f3n, y proceder a la comercializaci\u00f3n y fijaci\u00f3n de condiciones comerciales de forma independiente y competitiva y; ii) ordenar a ALLIANCE abstenerse de comercializar noches de discoteca por cuenta de terceros y, en specific, no cooperar ni coordinar la venta conjunta de servicios de discoteca con otros operadores, no exigir a terceros ning\u00fan tipo de negociaci\u00f3n exclusiva que condicione la adquisici\u00f3n de los servicios de ALLIANCE, GRIS\u00da, POWERLINK u otro competidor y abstenerse de realizar la venta conjunta de las discotecas que \u00e9sta controle y\/o administre.<\/p>\n<p>Si bien la empresa POWERLINK, al igual que las empresas ALLIANCE y GRIS\u00da, fue encontrada responsable de las pr\u00e1cticas concertadas se\u00f1aladas, la CNDC decidi\u00f3 no aplicar multa pecuniaria alguna a esta empresa en funci\u00f3n de su colaboraci\u00f3n con la autoridad para aportar las pruebas suficientes para la detecci\u00f3n de las mencionadas conductas.<\/p>\n<p>Los acuerdos de precios son considerados por la Ley de Defensa de la Competencia la clase de infracci\u00f3n m\u00e1s grave y respecto de la cual corresponde aplicar las sanciones m\u00e1s severas en atenci\u00f3n a que generan un da\u00f1o significativo sobre el inter\u00e9s econ\u00f3mico basic y el bienestar de las y los consumidores.<\/p>\n<\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes news.google.com &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir de una investigaci\u00f3n instruida por la Comisi\u00f3n Nacional de Defensa de la Competencia, la autoridad recomend\u00f3 a la Secretar\u00eda de Comercio sancionar a la empresa ALLIANCE S.A.S. con una multa de 150 millones de pesos \u2014la m\u00e1xima posible bajo la Ley 25.156, que se encontraba vigente al momento de los hechos\u2014, y a [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":434264,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"jnews-multi-image_gallery":[],"jnews_single_post":[],"jnews_primary_category":[],"jnews_social_meta":[],"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[4845,12506,12504,1793,2721,704,1120,3318,12507,698,3048,12509,2864,12513,1268,12514,12515,12517,12516,11744,12505,719,12511,12510,9073,12508,12512],"class_list":["post-434263","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-industria","tag-administracion","tag-administracion-publica","tag-argentino","tag-beneficios","tag-ciudadanos","tag-digital","tag-estado","tag-gestion","tag-gestion-publica","tag-gobierno","tag-gobierno-argentino","tag-gobierno-digital","tag-gobierno-nacional","tag-modernizacion","tag-nacional","tag-organismo","tag-organismo-publico","tag-organismos","tag-organismos-publicos","tag-publica","tag-republica-argentina","tag-servicios","tag-servicios-digitales","tag-servicios-en-linea","tag-tramites","tag-tramites-en-linea","tag-transparencia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/434263","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=434263"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/434263\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/434264"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=434263"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=434263"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=434263"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}