{"id":350368,"date":"2022-07-11T13:17:40","date_gmt":"2022-07-11T13:17:40","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=350368"},"modified":"2022-07-11T13:17:41","modified_gmt":"2022-07-11T13:17:41","slug":"resolucion-de-28-de-junio-de-2022-del-instituto-de-turismo-de-espana-por-la-que-se-publica-el-convenio-con-el-consorcio-de-turismo-de-barcelona-para-promover-la-organizacion-y-el-desarrollo-de-la-i","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/resolucion-de-28-de-junio-de-2022-del-instituto-de-turismo-de-espana-por-la-que-se-publica-el-convenio-con-el-consorcio-de-turismo-de-barcelona-para-promover-la-organizacion-y-el-desarrollo-de-la-i\/","title":{"rendered":"Resoluci\u00f3n de 28 de junio de 2022, del Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, por la que se publica el Convenio con el Consorcio de Turismo de Barcelona, para promover la organizaci\u00f3n y el desarrollo de la II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a en Barcelona."},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div id=\"\">\n<p class=\"parrafo\">De acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a048.8 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, procede la publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb del convenio entre el Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, O.A. (Turespa\u00f1a) y el Consorcio de Turismo de Barcelona para el desarrollo de la II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Madrid, 28 de junio de\u00a02022.\u2013El Director Basic del Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, Miguel \u00c1ngel Sanz Castedo.<\/p>\n<p class=\"anexo_num\">ANEXO<\/p>\n<p class=\"anexo_tit\">Convenio entre el Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, O.A. (Turespa\u00f1a) y el Consorcio de Turismo de Barcelona para el desarrollo de la II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En Barcelona, 28 de junio de\u00a02022.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">REUNIDOS<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">De un lado, don Fernando Vald\u00e9s Verelst en nombre y representaci\u00f3n del Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, O.A. (Turespa\u00f1a), nombrado por Actual Decreto\u00a0673\/2020, de\u00a014 de julio, Presidente del Organismo en virtud de las competencias atribuidas en el Actual Decreto\u00a0425\/2013, el Actual Decreto\u00a0998\/2018, de\u00a03 de agosto, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y el art\u00edculo\u00a048 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico. Act\u00faa por delegaci\u00f3n efectuada mediante Resoluci\u00f3n de\u00a026 de agosto de\u00a02020, de la Presidencia del Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, O.A., don Miguel \u00c1ngel Sanz Castedo, nombrado Director Basic del Instituto de Turismo de Espa\u00f1a (Turespa\u00f1a) en virtud del Actual Decreto\u00a0675\/2020, de\u00a014 de julio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Y de otro, don Eduard Torres Guals, con DNI ***13*13-C, Presidente del Comit\u00e9 Ejecutivo del Consorcio de\u00a0Turisme de Barcelona\u00a0(en adelante, \u00abTurismo de Barcelona\u00bb), con domicilio en Barcelona, en el\u00a0passatge de la Concepci\u00f3, 7-9, CP 08008, con CIF P-5890003F, en virtud de las competencias atribuidas por los Estatutos del Consorcio de Turisme de Barcelona, publicados en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Provincia (BOP) de Barcelona\u00bb el\u00a019 de noviembre de\u00a02021. Dichas funciones se ejercen por delegaci\u00f3n de la Presidencia de la C\u00e1mara Oficial de Comercio de Barcelona, de\u00a031 de octubre de\u00a02019, ratificada por delegaci\u00f3n de\u00a028 de abril de\u00a02021, de acuerdo con lo establecido en los citados Estatutos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Turespa\u00f1a y Turisme de Barcelona ser\u00e1n denominadas conjuntamente como las Partes.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">EXPONEN<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">I.\u2003Que Turespa\u00f1a, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, conforme a lo establecido en el Actual Decreto\u00a0425\/2013, de\u00a014 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, tiene encomendada la planificaci\u00f3n, el desarrollo y la ejecuci\u00f3n de actuaciones para la promoci\u00f3n del turismo espa\u00f1ol en los mercados internacionales y entre los no residentes en Espa\u00f1a, el apoyo a la comercializaci\u00f3n de productos tur\u00edsticos espa\u00f1oles en el exterior y entre los no residentes en Espa\u00f1a y la colaboraci\u00f3n con las Comunidades Aut\u00f3nomas, los entes locales y el sector privado en programas de promoci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de sus productos en el exterior y entre los no residentes en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">II.\u2003Que Turisme de Barcelona es una entidad con personalidad jur\u00eddica p\u00fablica, de car\u00e1cter asociativo y naturaleza voluntaria, constituida con duraci\u00f3n indefinida e integrada por el Ayuntamiento de Barcelona, la C\u00e1mara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegaci\u00f3n de Barcelona y la Fundaci\u00f3n Barcelona Promoci\u00f3. Turisme de Barcelona tiene como objeto social la ejecuci\u00f3n de acciones de promoci\u00f3n y fomento del turismo y la econom\u00eda del visitante a la ciudad de Barcelona y su zona de influencia como destino tur\u00edstico, teniendo en cuenta criterios de turismo sostenible. Estos objetivos sociales quedan establecidos en sus estatutos, aprobados mediante Acuerdo del Consejo Basic del Consorcio de Turismo de Barcelona, en las sesiones que tuvieron lugar el\u00a013 de enero y el\u00a014 de junio de\u00a02021 y que fue ratificado, a su vez, por el Pleno de la C\u00e1mara de Comercio, Industria, Servicios y Navegaci\u00f3n de Barcelona los d\u00edas\u00a027 de enero y\u00a026 de mayo de\u00a02021, el Patronato Rector de la Fundaci\u00f3n Barcelona Promoci\u00f3 el d\u00eda\u00a011 de junio de\u00a02021 y el por Pleno del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona el d\u00eda\u00a023 de julio de\u00a02021.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">III.\u2003Que en el ejercicio de tales competencias, las Partes buscan crear un espacio de reflexi\u00f3n colectiva, encuentro, colaboraci\u00f3n y planificaci\u00f3n entre Turespa\u00f1a y sus consejer\u00edas de turismo y los destinos tur\u00edsticos espa\u00f1oles, que permita dar a conocer e intercambiar buenas pr\u00e1cticas del sector p\u00fablico tur\u00edstico, reforzar los mecanismos de colaboraci\u00f3n de cara a la planificaci\u00f3n de las pol\u00edticas tur\u00edsticas y conocer tendencias o iniciativas del sector tur\u00edstico privado que puedan servir de apoyo a la formulaci\u00f3n de las iniciativas que se pongan en marcha en el \u00e1mbito de las competencias atribuidas a cada Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">IV.\u2003Que las Partes tienen inter\u00e9s en promover la realizaci\u00f3n de la II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a en el CCIB de Barcelona en el tiempo y forma que ser\u00e1n detallados a lo largo del presente documento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">V.\u2003De cara al desarrollo de este encuentro, Turespa\u00f1a se encargar\u00e1 de dise\u00f1ar y desarrollar los contenidos del mismo \u2013cuya exposici\u00f3n, debate y difusi\u00f3n constituyen la meta ultimate justificativa de la celebraci\u00f3n del congreso\u2013, mientras que Turismo de Barcelona aportar\u00e1 los espacios y otros medios necesarios para la celebraci\u00f3n del evento. Asimismo, Turisme de Barcelona facilitar\u00e1 y asegurar\u00e1 la coordinaci\u00f3n entre Turespa\u00f1a, organizador del evento, y har\u00e1 las gestiones necesarias para que el encuentro pueda desarrollarse en el CCIB, entidad en la que se sit\u00faan las salas donde se desarrollar\u00e1 el mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Por todo lo expuesto, las Partes, reconoci\u00e9ndose la capacidad authorized y representaci\u00f3n necesarias, acuerdan firmar el presente convenio que se regir\u00e1 por las siguientes<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">CL\u00c1USULAS<\/p>\n<p class=\"articulo\">Primera.\u2003Objeto del convenio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El presente convenio tiene por objeto promover la organizaci\u00f3n y el desarrollo del II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a en Barcelona.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a busca, as\u00ed mismo, crear un espacio de encuentro y colaboraci\u00f3n entre los destinos tur\u00edsticos espa\u00f1oles, que permita crear una pink estable de \u00abnetworking\u00bb, intercambio de buenas pr\u00e1cticas y fijaci\u00f3n de objetivos conjuntos, dando cabida, as\u00ed mismo, al sector privado.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Segunda.\u2003Formato del evento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El evento se podr\u00e1 desarrollar en formato h\u00edbrido, por lo que los asistentes podr\u00e1n asistir de manera presencial o digital, a trav\u00e9s de los medios t\u00e9cnicos habilitados al efecto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Con el objeto de que el evento cumpla estrictamente las medidas de protecci\u00f3n sanitaria, se aplicar\u00e1n los protocolos desarrollados al efecto por la sede en la que tendr\u00e1 lugar el evento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Al evento podr\u00e1n asistir representantes de CC.AA., entidades locales, diputaciones provinciales, clubes de producto y cualesquiera otros representantes de Administraciones P\u00fablicas o entidades privadas, con o sin \u00e1nimo de lucro, relacionadas con la actividad tur\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se establece un n\u00famero m\u00e1ximo de asistentes presenciales de quinientas personas. A este respecto Turespa\u00f1a establecer\u00e1 el sistema de registro de los asistentes presenciales al evento, as\u00ed como de los que asistan virtualmente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El evento se articular\u00e1 en base a tres tipos de encuentros:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Sesiones plenarias, a trav\u00e9s de las ponencias, presentaciones o debates que proponga Turespa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Breakouts tem\u00e1ticos, a trav\u00e9s de ponencias, presentaciones o debates espec\u00edficos y tem\u00e1ticos que proponga Turespa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Sesiones bilaterales de los Consejeros de Turismo de Turespa\u00f1a con los destinos tur\u00edsticos.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Tercera.\u2003Obligaciones y compromisos asumidos por las Partes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por parte de Turespa\u00f1a se asumir\u00e1n los siguientes compromisos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Dise\u00f1o y organizaci\u00f3n del encuentro, incluyendo la programaci\u00f3n de las distintas sesiones del mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Aportaci\u00f3n de los medios materiales, log\u00edsticos y tecnol\u00f3gicos que no formen parte de la puesta a disposici\u00f3n de los espacios aportados por Turisme de Barcelona y que sean necesarios para el correcto desarrollo del evento, entre los que se encuentran el private que preste servicios en la sede elegida, el servicio m\u00e9dico, el seguro de responsabilidad civil, el \u00abVenue branding\u00bb, la realizaci\u00f3n y \u00abstreaming\u00bb, las conexiones a Web, la secretar\u00eda t\u00e9cnica, el private de sala, escena y regidur\u00eda, la producci\u00f3n audiovisual y la producci\u00f3n art\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Turespa\u00f1a correr\u00e1 con los costes derivados de los almuerzos y servicios de caf\u00e9 que se desarrollen durante las sesiones de trabajo de la convenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Aportaci\u00f3n de los medios personales necesarios para el correcto desarrollo de la Convenci\u00f3n y atenci\u00f3n de sus asistentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Utilizaci\u00f3n del logotipo que proporcione Turisme de Barcelona como entidad colaboradora en todas las piezas de comunicaci\u00f3n y promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Gesti\u00f3n de la representaci\u00f3n de autoridades en las actividades vinculadas a la misma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Dise\u00f1o de la papeler\u00eda y merchandising que se utilice en el evento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003Dise\u00f1o y producci\u00f3n del Venue branding, en base a la imagen de la Convenci\u00f3n que haya sido desarrollada por Turespa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">9.\u2003Dise\u00f1o y gesti\u00f3n de la app y de la \u00abtouchdown web page\u00bb que ser\u00e1n utilizadas para el registro de asistentes, la gesti\u00f3n del lanzamiento de la convocatoria y la informaci\u00f3n a los asistentes de todos los aspectos relacionados con el desarrollo de la Convenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">10.\u2003Turespa\u00f1a adoptar\u00e1 las prevenciones necesarias, en funci\u00f3n de los requerimientos y autorizaciones de los \u00f3rganos competentes, para evitar posibles da\u00f1os sobre las cosas y personas en el desarrollo de las actividades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">11.\u2003Respetar las limitaciones, restricciones y recomendaciones derivadas de la situaci\u00f3n generada por la pandemia de la COVID-19. El evento estar\u00e1 limitado, como se ha se\u00f1alado anteriormente, a un m\u00e1ximo de quinientas personas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Por su parte Turisme de Barcelona realizar\u00e1 todas actuaciones necesarias para asegurar la celebraci\u00f3n de la Convenci\u00f3n en el CCIB con los compromisos que se indican a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Aportaci\u00f3n de los siguientes espacios para la celebraci\u00f3n de la Convenci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Auditorio Discussion board, que se utilizar\u00e1 como sala plenaria los d\u00edas\u00a03 y\u00a04 de octubre. Ser\u00e1 necesario disponer del espacio los d\u00edas\u00a030 de septiembre y\u00a01 y\u00a02 de octubre para montaje.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tres salas panelables con capacidad para ciento sesenta personas cada una que ser\u00e1n utilizadas para los \u00abBreakouts\u00bb del\u00a03 de octubre. Ser\u00e1 necesario disponer de estos espacios los d\u00edas\u00a01 y\u00a02 de octubre para montaje.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Cuatro despachos o espacios que puedan ser utilizados para tal fin, que ser\u00e1n utilizados por private de la organizaci\u00f3n del evento los d\u00edas\u00a02, 3, 4 y\u00a05 de octubre. Los despachos deber\u00e1n estar lo m\u00e1s cerca posible al Auditorio Discussion board.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Espacio necesario para los encuentros bilaterales entre los Consejeros de Turismo y los destinos tur\u00edsticos. Esta zona debe estar equipada con\u00a038 mesas y cuatro sillas por cada mesa y estar\u00e1 a disposici\u00f3n de Turespa\u00f1a el d\u00eda\u00a05 de octubre. Ser\u00e1 necesario disponer de este espacio el d\u00eda\u00a04 de octubre para montaje.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Sala VIP para los encuentros de autoridades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Sala para encuentros on-line. Sala videoconferencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002\u00abBanquet Hal\u00bbl para los almuerzos de los d\u00edas\u00a03 y\u00a04 de octubre. Montaje para quinientas personas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Espacio para registro de los asistentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Espacios para los \u00abEspresso Breaks\u00bb de los d\u00edas\u00a03 y\u00a04 de octubre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Espacio para el \u00abEspresso Break\u00bb permanente y \u00abgentle lunch\u00bb del d\u00eda\u00a05 de octubre.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Organizaci\u00f3n de un programa social, cuyos costes recaer\u00e1n \u00fanicamente en Turisme de Barcelona, consistente en dos cenas para quinientas personas los d\u00edas\u00a03 y\u00a04 de octubre y las visitas que se pacten a espacios hist\u00f3rico-art\u00edsticos emblem\u00e1ticos de la ciudad de Barcelona. Turisme de Barcelona podr\u00e1 buscar colaboradores o patrocinadores para cubrir parcialmente el coste de dicho programa social.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003En caso que Turisme de Barcelona celebrase alguno de los eventos correspondientes al programa social para el que sea necesario desplazamiento de los asistentes, se encargar\u00e1 de la organizaci\u00f3n y asumir\u00e1 el coste de dichos traslados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003En caso de que Turisme de Barcelona promocione, a trav\u00e9s de cualquiera de sus medios, la celebraci\u00f3n de dicho encuentro, deber\u00e1 utilizar correspondientemente y en los t\u00e9rminos que se acuerde, el logotipo de Turespa\u00f1a como organizador del evento. En todo caso, dichas comunicaciones deber\u00e1n ser siempre consensuadas con Turespa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Cuarta.\u2003Cronograma del evento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El encuentro se llevar\u00e1 a cabo en las siguientes fechas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">30 de septiembre; 1 y\u00a02 de octubre: Montaje.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3 de octubre: Acreditaci\u00f3n, bienvenida y apertura del encuentro en la sala plenaria. Programa ponencias\/mesas debate\/\u00abworkshops\u00bb. Almuerzo. \u00abBreakouts\u00bb tem\u00e1ticos. Horario: 9:00-18:00 horas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4 de octubre: Programa ponencias\/mesas debate\/\u00abworkshops\u00bb. Almuerzo. Horario: 9:00-18:00 horas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5 de octubre: Encuentros con los Consejeros de Turismo-ma\u00f1ana. Almuerzo. Desmontaje. Horario: 9:00-18:00 horas.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Quinta.\u2003Obligaciones econ\u00f3micas y financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La actividad tendr\u00e1 un presupuesto common m\u00e1ximo de\u00a0987.965,00 euros, IVA incluido, seg\u00fan se desglosa en el anexo, repartido de la siguiente manera:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Turespa\u00f1a aportar\u00e1 un m\u00e1ximo de\u00a0600.765,00 euros, IVA incluido. Esta cuant\u00eda se asume de conformidad con lo recogido en el art\u00edculo\u00a049.d) de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, y se imputar\u00e1 en su totalidad al presupuesto de\u00a02022 de Turespa\u00f1a (aplicaci\u00f3n presupuestaria\u00a020.104.432A.640 y proyecto de inversi\u00f3n\u00a02021 20 104 0059 \u00abApoyo a la comercializaci\u00f3n del turismo\u00bb).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La aportaci\u00f3n de Turisme de Barcelona se cuantifica en un m\u00e1ximo de\u00a0387.200,00 euros, IVA incluido.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Sexta.\u2003Cesi\u00f3n de derechos de im\u00e1genes y materials audiovisual. Protecci\u00f3n de datos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Turisme de Barcelona realizar\u00e1 las gestiones necesarias para asegurar que Turespa\u00f1a obtenga gratuitamente los derechos de uso respecto de todas aquellas im\u00e1genes y materials audiovisual que se genere durante la celebraci\u00f3n del Espacio, para los fines indicados en este documento, por un periodo de cuarenta y ocho meses desde su entrega a Turespa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los derechos de reproducci\u00f3n whole o parcial de las im\u00e1genes y el materials audiovisual obtenidos como consecuencia de lo estipulado en el presente Convenio, a favor de Turespa\u00f1a, ser\u00e1n otorgados por Turisme de Barcelona sin coste alguno para Turespa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">As\u00ed mismo, Turisme de Barcelona se compromete a respetar el marco authorized vigente establecido por el Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a027 de abril de\u00a02016, relativo a la protecci\u00f3n de las personas f\u00edsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulaci\u00f3n de estos datos y la Ley Org\u00e1nica\u00a03\/2018, de\u00a05 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales.<\/p>\n<p class=\"articulo\">S\u00e9ptima.\u2003Comisi\u00f3n de Seguimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A los efectos de coordinaci\u00f3n de los expuesto en el presente Convenio, las partes acuerdan constituir una Comisi\u00f3n de Seguimiento, compuesta por dos representantes de cada una de ellas y que se reunir\u00e1 cuantas veces sean necesarias, como m\u00ednimo una vez a la entrada en vigor el convenio y, otra, a la finalizaci\u00f3n del mismo. Dicha Comisi\u00f3n estar\u00e1 encargada del an\u00e1lisis y seguimiento de las actividades, con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos marcados y resolver las discrepancias que pudieran presentarse en su interpretaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n. La Presidencia de la Comisi\u00f3n mixta de seguimiento ser\u00e1 conjunta, con un representante de Turespa\u00f1a y otro por parte de Turisme de Barcelona. Se nombrar\u00e1 a un secretario, que actuar\u00e1 de forma rotatoria.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Octava.\u2003Naturaleza, interpretaci\u00f3n y orden jurisdiccional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El presente convenio se suscribe al amparo de lo estipulado en los art\u00edculos 47 y siguientes de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para la interpretaci\u00f3n de dudas y controversias que surjan en relaci\u00f3n con lo estipulado en el presente Convenio, se estar\u00e1 a lo dispuesto en las cl\u00e1usulas del mismo y, subsidiariamente, se acudir\u00e1 a los principios establecidos en la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, a las restantes normas administrativas que le sean de aplicaci\u00f3n y a los principios generales del Derecho.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En todo caso, las cuestiones litigiosas que surgieran en la interpretaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y cumplimiento del presente Convenio, y no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisi\u00f3n de Seguimiento recogida en la cl\u00e1usula s\u00e9ptima del presente convenio, quedar\u00e1n sometidas a la decisi\u00f3n de \u00f3rgano jurisdiccional contencioso-administrativo que corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativa.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Novena.\u2003Vigencia, entrada en vigor, duraci\u00f3n y modificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El presente Convenio resultar\u00e1 eficaz una vez inscrito en el Registro Electr\u00f3nico Estatal de \u00d3rganos e Instrumentos de Cooperaci\u00f3n del sector p\u00fablico estatal, en el plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles desde su formalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, ser\u00e1 publicado en el plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles desde su formalizaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb, de conformidad con el art\u00edculo\u00a048.8 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El plazo de vigencia del presente convenio finalizar\u00e1 el\u00a031 de diciembre de\u00a02022, englobando as\u00ed un plazo superior a los dos meses posterior a la celebraci\u00f3n del Encuentro, en el cual deber\u00e1n quedar finalizadas todas las aportaciones de las partes, recogidas en la cl\u00e1usula tercera de este documento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Debido al car\u00e1cter singular que motiva la realizaci\u00f3n el presente convenio, que es la celebraci\u00f3n de la II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a, no proceder\u00e1 la pr\u00f3rroga del mismo, m\u00e1s all\u00e1 del plazo de vigencia indicado en el p\u00e1rrafo anterior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">De conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a049.g) de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, la modificaci\u00f3n del contenido del presente Convenio, requerir\u00e1 acuerdo un\u00e1nime de los firmantes.<\/p>\n<p class=\"articulo\">D\u00e9cima.\u2003Extinci\u00f3n y causas de resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Convenio se extinguir\u00e1 por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resoluci\u00f3n, de conformidad con lo recogido en el art\u00edculo\u00a051.1 de la Ley\u00a040\/2015, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Son causas de resoluci\u00f3n, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a051.2 de la citada Ley\u00a040\/2015:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003El transcurso del plazo de vigencia del Convenio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003El acuerdo un\u00e1nime de todos los firmantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Por decisi\u00f3n judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Por causa de.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">De acuerdo con lo establecido en la letra e) anterior ser\u00e1 tambi\u00e9n causa de resoluci\u00f3n la fuerza mayor, entendi\u00e9ndose como tal cualquier circunstancia producida despu\u00e9s de la celebraci\u00f3n de este convenio que provoque eventos imposibles de prevenir y evitar por cualquiera de las partes, como cat\u00e1strofes naturales, estados de excepci\u00f3n, pandemias sanitarias, actos de guerra o terrorismo, serios disturbios del orden p\u00fablico, incendios, huelgas o comparable.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En este supuesto, las partes estar\u00e1n facultadas para resolver el presente convenio sin que se puedan reclamar rec\u00edprocamente ninguna cantidad en concepto de indemnizaci\u00f3n si ambas partes han efectuado aportaciones pactadas de acuerdo con lo determinado en la cl\u00e1usula tercera y el anexo del presente documento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El cumplimiento y la resoluci\u00f3n del convenio dar\u00e1n lugar a liquidaci\u00f3n del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, en los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo\u00a052 de la citada Ley\u00a040\/2015.<\/p>\n<p class=\"articulo\">Und\u00e9cima.\u2003Consecuencias en caso de incumplimiento del convenio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En caso de incumplimiento del convenio por una de las partes, la otra podr\u00e1 notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que se cumpla en el plazo de dos meses con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento ser\u00e1 comunicado tambi\u00e9n a la Comisi\u00f3n de Seguimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Adicionalmente, de entenderse que ha podido mediar dolo o culpa en el incumplimiento, se podr\u00e1 remitir a la Comisi\u00f3n de Seguimiento propuesta motivada para la indemnizaci\u00f3n de los da\u00f1os y perjuicios causados. La Comisi\u00f3n de Seguimiento resolver\u00e1 sobre dicha propuesta, determinando si ha lugar a dicha indemnizaci\u00f3n y, en su caso, el importe de la misma, para lo cual habr\u00e1 de tener en cuenta las circunstancias concurrentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cualquier caso, la Comisi\u00f3n de Seguimiento deber\u00e1 hacer constar en el acta correspondiente el cumplimiento de las obligaciones rec\u00edprocas y el acuerdo de cada parte o, en su caso, el incumplimiento y la indemnizaci\u00f3n derivada del mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman mediante firma digital el presente convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.\u2013Por el Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, O.A. (Turespa\u00f1a), el Director Basic, Miguel Sanz Castedo.\u2013Por\u00a0el Consorcio de Turisme de Barcelona, el Presidente del Comit\u00e9 Ejecutivo, Eduard Torres Guals.<\/p>\n<p class=\"anexo_num\">ANEXO<\/p>\n<p class=\"anexo_tit\">Desglose common del gasto de la II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a<\/p>\n<p class=\"imagen\">\n      <img decoding=\"async\" class=\"frame\" data-pdf=\"11369_Revisado.pdf\" src=\"https:\/\/www.derecho.com\/datos\/imagenes\/disp\/2022\/165\/11483_11864755_1.png\" width=\"100%\" height=\"auto\"\/>\n    <\/p>\n<\/p><\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes www.derecho.com &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a048.8 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, procede la publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb del convenio entre el Instituto de Turismo de Espa\u00f1a, O.A. (Turespa\u00f1a) y el Consorcio de Turismo de Barcelona para el desarrollo de la II Convenci\u00f3n Turespa\u00f1a. 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