{"id":336354,"date":"2022-06-21T12:15:51","date_gmt":"2022-06-21T12:15:51","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=336354"},"modified":"2022-06-21T12:15:51","modified_gmt":"2022-06-21T12:15:51","slug":"fin-a-las-injusticias-de-los-viajes-combinados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/fin-a-las-injusticias-de-los-viajes-combinados\/","title":{"rendered":"Fin a las injusticias de los viajes combinados"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div>\n<p>Un <strong>viaje combinado<\/strong>, o <strong>paquete tur\u00edstico<\/strong>, es aquel que se contrata en una agencia de viajes y en el que se incluye el alojamiento, el transporte y oferta complementaria como alquiler de un veh\u00edculo, excursiones, etc\u00e9tera. Se trata de un producto que para el comprador resulta muy beneficioso adquirirlo en una agencia porque, ante cualquier imprevisto, es esta la que responde y se encarga de buscar soluciones.<\/p>\n<p>Los viajes combinados est\u00e1n regulados por la Directiva 90\/314\/CEE. En Espa\u00f1a esta Directiva se transpuso en la Ley 21\/1995, de 6 de julio, reguladora de los viajes combinados hasta la entrada en vigor el 1 de diciembre de 2007 del Actual Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre. En este Actual Decreto Ley se aprob\u00f3 el texto refundido de la Ley Basic para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE 287\/2007, de 30 de noviembre de 2007), que derog\u00f3 la Ley 21\/1995. Hace algo m\u00e1s de tres a\u00f1os, concretamente el 27 de diciembre de 2018, entr\u00f3 en vigor la nueva Ley de Viajes Combinados, una ley que ten\u00eda como punto elementary adaptar la regulaci\u00f3n a los tiempos actuales y a las formas de contrataci\u00f3n priorizando el papel que desempe\u00f1as las agencias de viajes.<\/p>\n<p>En todos estos avances ha tenido un papel protagonista las comunidades aut\u00f3nomas, a trav\u00e9s de sus patronales de agencias de viajes, y la <strong>Confederaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Agencias de Viajes (CEAV)<\/strong> ya que, gracias a la insistencia porque se nos tuviera en cuenta, han conseguido que en el anteproyecto de ley publicado por el Ministerio de Consumo se incluyan los cambios propuestos por la Confederaci\u00f3n y que benefician claramente a las agencias de viaje. Desde Aviba apoyamos desde un primer momento estas reivindicaciones y hemos sido especialmente enf\u00e1ticos en que se produjeran los cambios necesarios para velar por los intereses de las agencias.<\/p>\n<p>Uno de estos cambios previstos en la nueva ley hace referencia a la responsabilidad solidaria. Hasta el momento, cuando se produc\u00eda un incidente, esa responsabilidad reca\u00eda \u00fanicamente en la agencia de viajes. Se daban hechos tan injustos como, por ejemplo, si alg\u00fan servicio como la contrataci\u00f3n de una excursi\u00f3n no se ajustaba a lo que se especificaba, el consumidor reclamaba a la agencia y esta ten\u00eda un plazo de 14 d\u00edas para realizar la devoluci\u00f3n. Despu\u00e9s, la propia agencia ten\u00eda que discutir con el turoperador o el responsable de la actividad el reintegro que no siempre se hac\u00eda efectivo. En los \u00faltimos a\u00f1os, motivado por la situaci\u00f3n sanitaria inestable, se hab\u00eda acrecentado este tipo de reclamaciones. Muchos clientes se vieron perjudicados por anulaci\u00f3n de vuelos u hoteles contratados que, al llegar, estaban cerrados por la pandemia. En todos los casos la secuencia period la misma, devoluci\u00f3n \u00edntegra por parte de la agencia de viajes al cliente de los servicios contratados y despu\u00e9s la agencia intentar\u00eda reclamar, con mayor o menor \u00e9xito, la cantidad previamente abonada.<\/p>\n<p>En el nuevo texto que se va a incluir en el anteproyecto de Ley la incorporaci\u00f3n de la responsabilidad frente al consumidor, propuesta por las agencias de viajes, pasar\u00e1 a ser solidaria. Es decir, tanto prestadores de servicios como organizadores o detallistas que concurran de manera conjunta en el contrato de un viaje combinado tendr\u00e1n que hacer frente a dicha responsabilidad. Las agencias de viaje dejamos de ser las grandes perjudicadas ante situaciones que se estaban repitiendo de manera m\u00e1s insistente en los \u00faltimos tiempos.<\/p>\n<p>Como presidente de <strong>Aviba<\/strong> no puedo sentir m\u00e1s que satisfacci\u00f3n porque se hace justicia a una situaci\u00f3n que ven\u00edamos padeciendo y, por fin, conseguiremos que las agencias de viaje tengamos el sitio que nos merecemos en la cadena de valor que supone el turismo en el m\u00e1s amplio sentido.l<\/p>\n<\/p><\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes www.ultimahora.es &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un viaje combinado, o paquete tur\u00edstico, es aquel que se contrata en una agencia de viajes y en el que se incluye el alojamiento, el transporte y oferta complementaria como alquiler de un veh\u00edculo, excursiones, etc\u00e9tera. 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