{"id":219884,"date":"2021-11-04T05:17:08","date_gmt":"2021-11-04T05:17:08","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=219884"},"modified":"2021-11-04T05:17:08","modified_gmt":"2021-11-04T05:17:08","slug":"la-supresion-de-la-garantia-solidaria-paso-adelante-en-la-eficacia-de-las-agencias-pendiente-de-tramitacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/la-supresion-de-la-garantia-solidaria-paso-adelante-en-la-eficacia-de-las-agencias-pendiente-de-tramitacion\/","title":{"rendered":"La supresi\u00f3n de la garant\u00eda solidaria, paso adelante en la eficacia de las agencias, pendiente de tramitaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div id=\"textoNoticia\">\n<p>En una tribuna de opini\u00f3n para NEXOTUR reclama que &#8220;se fijen fechas de enmiendas para comenzar la tramitaci\u00f3n, porque sin ello todo es humo pues, o se aprueba como ley aqu\u00ed y ahora, o tenemos garant\u00eda solidaria hasta el fin de los tiempos&#8221;.<\/p>\n<p>Con la reanudaci\u00f3n de la actividad parlamentaria, <strong>deber\u00eda haber vuelto a primer plano de actualidad lo referente al proyecto de supresi\u00f3n de la garant\u00eda solidaria entre el organizador de viajes combinados y los comercializadores<\/strong> de estos en el contexto del proyecto de revisi\u00f3n de la Ley Common de Defensa de Consumidores y Usuarios aprobado por el Gobierno con fecha 20 de julio. Constituye una piedra angular de la legislaci\u00f3n reguladora de la actividad de las agencias de viajes.<\/p>\n<p>Y decimos que deber\u00eda haber vuelto, porque entrar en el Congreso ya entr\u00f3, p<strong>ero est\u00e1 pendiente de que la Mesa del Congreso fije fechas para su tramitaci\u00f3n<\/strong> y si bien no parece que exista el peligro de una disoluci\u00f3n de las Cortes como en 2019 por dos veces, ni que la mayor\u00eda de la Mesa prorrogue <em>sine die<\/em> el plazo de presentaci\u00f3n de enmiendas como ocurri\u00f3 en 2018. <strong>Mientras el texto del proyecto de ley no se apruebe, la garant\u00eda solidaria sigue vigente y con ella sus irracionales y nocivos efectos para el sector de agencias de viajes,<\/strong> que con ella sufre una regulaci\u00f3n que constituye una excepcionalidad dentro de las regulaciones tanto sectoriales como de protecci\u00f3n del consumidor o usuario, viajero en este caso, y eso s\u00ed, como caso exclusivo en Espa\u00f1a.<\/p>\n<blockquote><p>&#13;<\/p>\n<p>Esa solicitud de urgente tramitaci\u00f3n, desde julio lleva esperando, deber\u00eda ser, sin matices asociativos, la demanda international del sector de agencias de viajes a los miembros de la Mesa del Congreso<\/p>\n<p>&#13;\n<\/p><\/blockquote>\n<p>Es por ello que, desde FETAVE, <strong>se ha solicitado reuni\u00f3n a los diferentes grupos del Congreso y se han mantenido reuniones,<\/strong> entre otros, con los cuatro principales grupos por n\u00famero de diputados para solicitarles apoyo al proyecto del Gobierno en ese punto de la supresi\u00f3n de la garant\u00eda solidaria y su sustituci\u00f3n por la de organizador y comercializador en sus respectivos \u00e1mbitos competenciales. Complementariamente, se ha pedido una mayor precisi\u00f3n del car\u00e1cter de \u201cocasional\u201d de los viajes excluidos de la protecci\u00f3n al viajero como mejor garant\u00eda para estos y, al tiempo, como coto de intrusismos indeseables. A este respecto, debemos decir que los grupos con los que hemos mantenido esas reuniones, y esperamos que tambi\u00e9n con los que est\u00e1n pendientes, la solicitud de FETAVE ha sido recibida muy favorablemente de forma que <strong>creemos que la aprobaci\u00f3n de esa modificaci\u00f3n estar\u00eda asegurada<\/strong>, una vez se tramite el proyecto y ese es el objetivo, la m\u00e1s r\u00e1pida tramitaci\u00f3n posible.<\/p>\n<p>Desde que, a finales de 2017, FETAVE conoci\u00f3 el borrador de anteproyecto de transposici\u00f3n de la Directiva UE 2302\/2015 en la que se incorporaba la garant\u00eda solidaria entre organizadores y comercializadores, inici\u00f3 sus gestiones ante la entonces AECOSAN del Ministerio de Sanidad y Consumo, explicando en sus alegaciones la incongruencia de esa disposici\u00f3n que, no siendo obligatoria por la Directiva, ven\u00eda a representar una excepcionalidad espa\u00f1ola. No solo respecto a otras legislaciones europeas, sino tambi\u00e9n respecto a cualquier otro sector econ\u00f3mico, con un incremento de costes totalmente ineficiente de no menos 165 millones de euros al a\u00f1o que <strong>acaba recayendo, en mayor o menor medida, sobre los viajeros y adem\u00e1s sin ning\u00fan beneficio para estos<\/strong>, cuyos derechos ya ven\u00edan garantizados por la responsabilidad del organizador, obligatoria seg\u00fan la Directiva. Al mismo tiempo, propon\u00edamos como alternativa sustituir esa garant\u00eda solidaria por la de organizador y comercializador en sus respectivos \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Con esa discrepancia, muy importante, se\u00f1al\u00e1bamos tambi\u00e9n, pero con mucha menos relevancia, la conveniencia de <strong>precisar la excepci\u00f3n de determinados viajes combinados respecto a la garant\u00eda de la Directiva<\/strong> tanto en lo referente a incorporar una mayor precisi\u00f3n de ese tipo de viajes y especialmente del concepto \u201cocasional\u201d como que fuese obligatorio que el viajero conociese que ese viaje no estaba cubierto por las garant\u00edas de la Directiva de viajes combinados.<\/p>\n<p>Y con esas dos matizaciones, la de la garant\u00eda solidaria, very important para el Sector de agencias, FETAVE apoyaba la transposici\u00f3n propuesta por cuanto ven\u00eda a resolver la inadecuada transposici\u00f3n de la Directiva de 1990 por la que la Comisi\u00f3n hab\u00eda emplazado bajo sanci\u00f3n al Gobierno de Espa\u00f1a, porque con ella se posibilitar\u00eda una adecuaci\u00f3n normativa acabando con la obsoleta legislaci\u00f3n vigente y con unas fianzas administrativas carentes de toda l\u00f3gica, igualando las exigencias para todo organizador o comercializador de viajes sea cual sea el t\u00edtulo en que se ampare o el canal de presencia en el mercado. Al mismo tiempo, apostar por<strong> la responsabilidad ante el viajero como sello de calidad de la actividad de las agencias<\/strong> y elemento diferencial frente a la realizaci\u00f3n de viajes auto organizados como la experiencia de la disaster de Thomas Cook dinner y la de la pandemia COVID-19 han venido a demostrar, poniendo en valor la funci\u00f3n de las agencias con la vigencia de la normativa de viajes combinados.<\/p>\n<p>Resulta obvio se\u00f1alar que las observaciones de FETAVE <strong>no fueron tenidas en cuenta<\/strong> y con alg\u00fan retoque formal derivado del informe del Consejo de Estado, el texto del borrador se convirti\u00f3 en proyecto de ley aprobado en marzo de 2018 por el Gobierno y enviado a las Cortes Generales para su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>FETAVE, entonces \u00fanica representante del sector de agencias de viajes en CEOE, plante\u00f3 sus observaciones a trav\u00e9s de \u00e9sta y tambi\u00e9n directamente a los Grupos Parlamentarios, <strong>consiguiendo que uno de ellos las introdujese y por tanto pudiesen ser discutidas<\/strong>, al tiempo que, conocida la enmienda, otros Grupos se comprometieron a apoyarla siendo razonables la probabilidades de que pudiera ser aprobada. Pero para ese momento, v\u00eda la moci\u00f3n de censura de junio de 2018, el Gobierno hab\u00eda cambiado y desde la Mesa del Congreso se fueron alargando plazos para las enmiendas y con ello <strong>retrasando la discusi\u00f3n del proyecto.<\/strong><\/p>\n<p>Ello oblig\u00f3 a que, para eludir las sanciones econ\u00f3micas aplicables a Espa\u00f1a por no dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Common de Justicia de la UE, por Actual Decreto Ley de 27 de diciembre de 2018, <strong>el Gobierno aprobase una transposici\u00f3n, mera copia del proyecto aprobado en marzo por el anterior Gobierno<\/strong>, que fue convalidado y tramitado como proyecto de ley con apertura del procedimiento correspondiente que, la disoluci\u00f3n de las Cortes Generales en enero de 2019, hizo decaer y dej\u00f3 como texto authorized, sin ning\u00fan tipo de tramitaci\u00f3n parlamentaria y con ello de eventuales modificaciones, el texto del proyecto de ley aprobado en marzo de 2018 que incorporaba la aberraci\u00f3n de todo tipo de la garant\u00eda solidaria.<\/p>\n<p>Sobre esa situaci\u00f3n, FETAVE siempre ha entendido que <strong>no cab\u00eda otra alternativa que \u201cpelear\u201d con Consumo, especialmente, y Turismo, que siempre nos ha manifestado su apoyo<\/strong>, la modificaci\u00f3n de la normativa nacional y a ello ha dedicado sus esfuerzos, desechando la \u201csoluci\u00f3n\u201d de algunos otros de modificaci\u00f3n de la Directiva, pues la misma no contempla esa garant\u00eda solidaria y por ello no es coherente que la modifique. Adem\u00e1s de que una modificaci\u00f3n de esa Directiva no es pensable en a\u00f1os y, de modificarse, ser\u00e1 para incrementar a\u00fan m\u00e1s las garant\u00edas para los viajeros, si es que ello es posible o la otra \u201csoluci\u00f3n\u201d de intervenci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Europea, sobre la que nos preguntamos qu\u00e9 ha ocurrido con la anunciada denuncia, si realmente se produjo, sobre una pretendida ilegal doble garant\u00eda del texto del Actual Decreto Ley porque simplemente period err\u00f3nea y fruto de una incorrecta lectura de la Directiva y no lectura, o no comprensi\u00f3n, del informe del Consejo de Estado que dejaba negro sobre blanco el sentido de la no conformidad del texto de la Directiva.<\/p>\n<p>Sin noticias favorables de Bruselas de la Comisi\u00f3n, como FETAVE hab\u00eda previsto y dando por sentado que se produjese la queja que se anunci\u00f3, en la \u00fanica v\u00eda posible de modificaci\u00f3n, el Ministerio de Consumo, <strong>por fin, ha atendido nuestros argumentos y recogido nuestras sugerencias<\/strong>, que no son de FETAVE, sino del whole del sector de agencias de viajes, para lo que la mediaci\u00f3n y apoyo de la Secretaria de Estado de Turismo ha sido relevante, pero, sobre todo, la actitud de Consumo, escuchando y atendiendo los argumentos que sus anteriores responsables nunca quisieron atender y que ha tenido reflejo en la aprobaci\u00f3n por el Consejo de Ministros de la modificaci\u00f3n de la Ley Common de Defensa de Consumidores y Usuarios el pasado 20 de julio.<\/p>\n<p>Es un paso transcendental, pero, desde entonces, <strong>el proyecto no se ha movido ni est\u00e1 fijado plazo de enmiendas y mientras que no se tramite y apruebe<\/strong>, lo hasta ahora avanzado es humo porque sigue y seguir\u00e1 rigiendo la garant\u00eda solidaria entre organizador y comercializador en los t\u00e9rminos del RD Ley de 27 de diciembre de 2018 y es por ello basic que la Mesa del Congreso fije fecha limite de presentaci\u00f3n de enmiendas y que comience la tramitaci\u00f3n parlamentaria para que, cara al esperado verano de la cuasi normalizaci\u00f3n de 2022, porque no lo ser\u00e1 para este inicio de viajes del IMSERSO, ni para primero de a\u00f1o, ni para la Semana Santa, esa irracional y antiecon\u00f3mica garant\u00eda solidaria sea simplemente una pesadilla.<\/p>\n<p>Y <strong>esa solicitud de urgente tramitaci\u00f3n, desde julio lleva esperando, deber\u00eda ser, sin matices asociativos, la demanda international del sector de agencias de viajes a los miembros de la Mesa del Congreso<\/strong>, comenzando por su Presidenta, y es que, como sector, la posibilidad de la modificaci\u00f3n es ahora, o quiz\u00e1s nunca, porque una nueva oportunidad de que pueda efectuarse puede no darse nuevamente en a\u00f1os si es que por cualquier causa no llegase a ser efectiva la aprobaci\u00f3n de esa modificaci\u00f3n legislativa.<\/p>\n<p>Manuel Panadero L\u00f3pez<br \/>Asesor de la Presidencia de FETAVE<\/p>\n<\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes www.nexotur.com &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una tribuna de opini\u00f3n para NEXOTUR reclama que &#8220;se fijen fechas de enmiendas para comenzar la tramitaci\u00f3n, porque sin ello todo es humo pues, o se aprueba como ley aqu\u00ed y ahora, o tenemos garant\u00eda solidaria hasta el fin de los tiempos&#8221;. 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