{"id":204898,"date":"2021-10-09T18:32:31","date_gmt":"2021-10-09T18:32:31","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=204898"},"modified":"2021-10-09T18:32:32","modified_gmt":"2021-10-09T18:32:32","slug":"el-tribunal-superior-de-baleares-autoriza-el-alquiler-turistico-de-pisos-en-palma-economia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/el-tribunal-superior-de-baleares-autoriza-el-alquiler-turistico-de-pisos-en-palma-economia\/","title":{"rendered":"El Tribunal Superior de Baleares autoriza el alquiler tur\u00edstico de pisos en Palma | Econom\u00eda"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div>\n<p class=\"\">La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha tumbado la prohibici\u00f3n de alquilar pisos tur\u00edsticos en la ciudad de Palma aprobada en 2018 por el Ayuntamiento de la capital balear al considerar que la medida es \u201cdesproporcionada e innecesaria\u201d y vulnera varias directivas europeas y estatales. El tribunal ha estimado el recurso presentado por la Asociaci\u00f3n de Apartamentos y Viviendas de Alquiler de Temporada, aunque desecha algunas de sus alegaciones al considerar que la norma municipal no se ha impulsado con el objetivo de beneficiar a la <a rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\" href=\"https:\/\/elpais.com\/noticias\/hoteles\/\">industria hotelera<\/a> y tampoco vulnera el principio de igualdad y de derecho a la propiedad privada.<\/p>\n<p class=\"\">El dictamen arguye que el Ayuntamiento ha prohibido la actividad en todos los pisos de la ciudad, sin realizar diferenciaciones entre \u00e1mbitos territoriales y sin que se justifiquen \u201clas razones imperiosas de inter\u00e9s general\u201d sobre las que se sustenta. Los jueces explican que los datos que constan en la Memoria Ambiental que apoya la medida y que incluye referencias a niveles de consumo energ\u00e9tico y agua, conflictividad vecinal o emisi\u00f3n de ruidos, conciernen a la actividad tur\u00edstica en normal \u201csin que puedan atribuirse par\u00e1metros y efectos nocivos al alquiler tur\u00edstico en viviendas plurifamiliares\u201d.<\/p>\n<section class=\"a_mi\">\n<header class=\"a_mi_t\">M\u00e1s informaci\u00f3n<\/header>\n<\/section>\n<p class=\"\">La sentencia sostiene que en los argumentos ofrecidos por el Ayuntamiento de Palma se desprende que la prohibici\u00f3n tiende a un fin protector y garantista del civismo, del <a rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\" href=\"https:\/\/elpais.com\/noticias\/medio-ambiente\/\">medio ambiente<\/a> y de permitir acceder a la vivienda \u201cuna finalidad loable que debe resultar proporcionada y necesaria\u201d. Sin embargo, los jueces creen que el Consistorio ha aprobado una v\u00eda de management \u201ctajante\u201d que no emplea otros mecanismos reguladores menos agresivos y que podr\u00edan estar dirigidos a los fines de inter\u00e9s normal que persigue la administraci\u00f3n native. \u201cLas finalidades p\u00fablicas perseguidas pueden obtenerse a trav\u00e9s de medios menos radicales, algunos ya positivizados. La prohibici\u00f3n, l\u00f3gicamente, constituye la \u00faltima de las soluciones posibles a los efectos nocivos que la administraci\u00f3n trata de evitar y atajar\u201d razona la sentencia.<\/p>\n<p class=\"\">Adem\u00e1s, los jueces remarcan que la restricci\u00f3n no aparece ponderada con las finalidades alegadas por el Ayuntamiento. La sentencia tambi\u00e9n alude a las directivas de servicios tanto de la Uni\u00f3n Europea como las de \u00e1mbito nacional, que considera se han vulnerado con esta prohibici\u00f3n al incluir una medida \u201cdesproporcionada e innecesaria\u201d que vulnera el art\u00edculo 129 de la Ley del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. La sentencia no es firme y el Ayuntamiento de Palma puede recurrir ante la misma sala del Tribunal Superior y ante el Tribunal Supremo.<\/p>\n<p class=\"\">La Asociaci\u00f3n de Apartamentos y Viviendas de Alquiler de Temporada (HABTUR), que impuls\u00f3 el recurso contra la normativa municipal, ha celebrado la sentencia y espera negociar con el Ayuntamiento una zonificaci\u00f3n de la ciudad que permita el alquiler vacacional en pisos. \u201cNos parece lo suficientemente contundente para que el Ayuntamiento no recurra, haga una reflexi\u00f3n y se siente y valore de verdad la posible zonificaci\u00f3n de la ciudad bas\u00e1ndose en unos criterios razonables\u201d ha subrayado en declaraciones a la Cadena Ser la gerente de la patronal HABTUR, Mar\u00eda Gibert. Mientras tanto, el alcalde de Palma, Jos\u00e9 Hila, ha insistido en que \u201c<a rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\" href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2020-03-17\/los-alquileres-turisticos-se-pasan-al-alquiler-tradicional-por-el-coronavirus.html\">no habr\u00e1 alquiler tur\u00edstico en pisos<\/a>\u201d. \u201cLa sentencia no cambia las reglas del juego del alquiler vacacional en Palma\u201d ha subrayado Hila, que insiste en que la sentencia ser\u00e1 recurrida y, en caso de que el recurso sea desestimado, la medida que entra en vigor es la norma supletoria del Consell de Mallorca que ya restringe el alquiler vacacional en viviendas plurifamiliares.<\/p>\n<p class=\"\">En junio de 2020 entr\u00f3 en vigor una moratoria para nuevas licencias en viviendas unifamiliares que estar\u00e1 en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021 y se increment\u00f3 el importe de las multas para la comercializaci\u00f3n de viviendas sin licencia, que va desde los 20.001 euros a los 40.000 euros si el propietario es un explicit y que se eleva hasta los 400.000 si se trata de plataformas. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares aval\u00f3 el pasado mayo el veto al alquiler tur\u00edstico por zonas en Mallorca al considerar que el Consell insular estaba obligado a ejecutarlo por la Ley de Turismo de las islas y al dise\u00f1arlo se respet\u00f3 el principio de proporcionalidad porque la zonificaci\u00f3n se adapt\u00f3 a cada zona concreta de la isla en funci\u00f3n de su situaci\u00f3n.<\/p>\n<\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes elpais.com &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha tumbado la prohibici\u00f3n de alquilar pisos tur\u00edsticos en la ciudad de Palma aprobada en 2018 por el Ayuntamiento de la capital balear al considerar que la medida es \u201cdesproporcionada e innecesaria\u201d y vulnera varias directivas europeas y estatales. 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