{"id":144643,"date":"2021-06-21T19:10:47","date_gmt":"2021-06-21T19:10:47","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=144643"},"modified":"2021-06-21T19:10:48","modified_gmt":"2021-06-21T19:10:48","slug":"covid-19-viajes-desde-fuera-de-la-ue","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/covid-19-viajes-desde-fuera-de-la-ue\/","title":{"rendered":"COVID-19: viajes desde fuera de la UE"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div id=\"toggle-section-1\">\n<h2>Restricciones de viaje a la UE<\/h2>\n<p>La UE viene colaborando con sus Estados miembros a fin de contener la propagaci\u00f3n del virus y de ayudar a los sistemas nacionales de salud a dar respuesta a la pandemia de COVID-19.<\/p>\n<p>Con el fin de frenar la transmisi\u00f3n del virus, el 17 de marzo de 2020 los dirigentes de la UE acordaron una restricci\u00f3n temporal coordinada de los viajes no esenciales a la UE que estuvo vigente hasta el 30 de junio de 2020.<\/p>\n<p>En junio de 2020, el Consejo adopt\u00f3 una <strong>Recomendaci\u00f3n sobre la<\/strong><strong> restricci\u00f3n temporal de los viajes no esenciales a la\u00a0UE y el posible levantamiento de dicha restricci\u00f3n<\/strong>. Dicha recomendaci\u00f3n fue actualizada por \u00faltima vez el 20 de mayo de 2021 para responder a las campa\u00f1as de vacunaci\u00f3n en curso mediante la introducci\u00f3n de determinadas dispensas para personas vacunadas y mediante la simplificaci\u00f3n de los criterios para levantar las restricciones aplicables a terceros pa\u00edses.<\/p>\n<p>Asimismo, tiene en cuenta los riesgos que pueden plantear las nuevas variantes mediante el establecimiento de un mecanismo de \u00abfreno de emergencia\u00bb.<\/p>\n<h3>\u00bfA qui\u00e9nes debe permitirse viajar a la UE?<\/h3>\n<p>Seg\u00fan la recomendaci\u00f3n, debe permitirse viajar a la UE, con determinadas condiciones, a las siguientes categor\u00edas de personas:<\/p>\n<ul>\n<li>las personas vacunadas, <\/li>\n<li>los viajeros esenciales,<\/li>\n<li>los viajeros no esenciales desde pa\u00edses de la lista de la UE. <\/li>\n<\/ul>\n<h4>Las personas vacunadas<\/h4>\n<p>Los Estados miembros que acepten la <strong>prueba de vacunaci\u00f3n como eximente de las restricciones de viaje<\/strong> (para eximir, por ejemplo, de las pruebas diagn\u00f3sticas o la cuarentena) deben, en principio, levantar las restricciones de los viajes no esenciales para los viajeros procedentes de terceros pa\u00edses que hayan recibido, al menos catorce d\u00edas antes de su llegada, la <strong>\u00faltima dosis recomendada de una vacuna autorizada por la Agencia Europea de Medicamentos<\/strong> (EMA).<\/p>\n<p>Los Estados miembros tambi\u00e9n podr\u00e1n levantar la restricci\u00f3n de los viajes no esenciales para los viajeros que hayan recibido, al menos catorce d\u00edas antes de su llegada, la \u00faltima dosis recomendada de una de las vacunas que haya <strong>llevado a t\u00e9rmino el proceso de inclusi\u00f3n en la lista de uso en emergencias de la OMS<\/strong>.<\/p>\n<p>Una vez adoptado, el Reglamento sobre el certificado COVID digital de la UE constituir\u00e1 la base para asimilar los certificados de vacunaci\u00f3n de terceros pa\u00edses a los certificados de la UE. Hasta entonces, los Estados miembros deber\u00edan poder aceptar los <strong>certificados de terceros pa\u00edses que contengan un conjunto m\u00ednimo de datos<\/strong> acorde con la legislaci\u00f3n nacional, siempre que se pueda verificar la autenticidad, validez e integridad del certificado.<\/p>\n<h4>Los viajeros esenciales <\/h4>\n<p>Cuando sigan aplic\u00e1ndose restricciones de viaje, deben quedar exentas de las restricciones las siguientes categor\u00edas de personas:<\/p>\n<ul>\n<li>\n                  <strong>los ciudadanos de la UE<\/strong> y sus familiares,<\/li>\n<li>\n                  <strong>los<\/strong><br \/>\n                  <strong>residentes<\/strong> de larga duraci\u00f3n<strong> en la UE<\/strong> y sus familiares.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n debe permitirse viajar a los <strong>viajeros que tengan una funci\u00f3n o necesidad esencial<\/strong>, en specific:<\/p>\n<ul>\n<li>los profesionales de la atenci\u00f3n sanitaria y dedicados a las personas de edad, y los investigadores sanitarios,<\/li>\n<li>los trabajadores fronterizos, los temporeros de la agricultura, el private del sector del transporte y la gente de mar,<\/li>\n<li>los trabajadores altamente cualificados cuando su empleo sea necesario y el trabajo no pueda posponerse ni realizarse en el extranjero,<\/li>\n<li>los diplom\u00e1ticos, los funcionarios de organizaciones internacionales, los militares y los trabajadores humanitarios,<\/li>\n<li>los pasajeros en tr\u00e1nsito,<\/li>\n<li>los pasajeros que viajen por motivos familiares imperativos,<\/li>\n<li>las personas que necesiten protecci\u00f3n internacional o por otras razones humanitarias,<\/li>\n<li>las personas que viajen con fines de estudio.<\/li>\n<\/ul>\n<h4>\n                <strong>Los viajeros no esenciales desde pa\u00edses de la lista de la UE <\/strong><br \/>\n              <\/h4>\n<p>La lista de pa\u00edses para los que los Estados miembros deben levantar gradualmente las restricciones de viaje se revisa, y si procede se actualiza, cada dos semanas. Debe permitirse viajar a la UE a <strong>todos los viajeros procedentes de los pa\u00edses que figuran en la lista<\/strong>.<\/p>\n<p>La lista fue actualizada por \u00faltima vez el 18 de junio de 2021, y ahora consta de los siguientes pa\u00edses:<\/p>\n<ul>\n<li>Albania<\/li>\n<li>Australia<\/li>\n<li>Israel<\/li>\n<li>Jap\u00f3n<\/li>\n<li>L\u00edbano<\/li>\n<li>Nueva Zelanda<\/li>\n<li>Rep\u00fablica de Macedonia del Norte<\/li>\n<li>Ruanda<\/li>\n<li>Singapur<\/li>\n<li>Serbia<\/li>\n<li>Corea del Sur<\/li>\n<li>Tailandia<\/li>\n<li>Estados Unidos de Am\u00e9rica <\/li>\n<li>China, con sujeci\u00f3n a confirmaci\u00f3n de reciprocidad.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1n levantarse gradualmente las restricciones de viaje para las dos regiones administrativas especiales de China:<\/p>\n<p>Dentro de la categor\u00eda de entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estado por al menos un Estado miembro, tambi\u00e9n deben levantarse gradualmente las restricciones de viaje para Taiw\u00e1n.<\/p>\n<p>A efectos de la Recomendaci\u00f3n, los residentes de Andorra, M\u00f3naco, San Marino y el Vaticano deben considerarse asimilados a residentes de la UE.<\/p>\n<p>Los criterios para determinar respecto de qu\u00e9 pa\u00edses no pertenecientes a la UE procede suprimir la restricci\u00f3n de viaje vigente en cada momento se refieren, en specific, a la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica y las medidas de contenci\u00f3n, incluido el distanciamiento f\u00edsico, y a consideraciones econ\u00f3micas y sociales. Dichos criterios se aplican de forma acumulativa.<\/p>\n<p>Para decidir si un pa\u00eds no perteneciente a la UE debe figurar en la lista se tienen en cuenta los siguientes <strong>criterios relativos a la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica<\/strong>:<\/p>\n<ul>\n<li>no m\u00e1s de 75 nuevos casos de COVID-19 por cada 100\u00a0000 habitantes en los \u00faltimos catorce d\u00edas,<\/li>\n<li>una tendencia estable o descendente de aparici\u00f3n de nuevos casos durante ese mismo per\u00edodo en comparaci\u00f3n con los catorce d\u00edas anteriores,<\/li>\n<li>m\u00e1s de 300 pruebas realizadas por cada 100\u00a0000 habitantes en los siete d\u00edas anteriores, si los datos est\u00e1n a disposici\u00f3n del Centro Europeo para la Prevenci\u00f3n y el Management de las Enfermedades (CEPCE),<\/li>\n<li>no m\u00e1s de un 4\u00a0% de resultados positivos de todas las pruebas de COVID-19 realizadas en los siete d\u00edas anteriores, si los datos est\u00e1n a disposici\u00f3n del CEPCE,<\/li>\n<li>las caracter\u00edsticas del virus presente en el pa\u00eds, en specific si se hubieran detectado variantes de inter\u00e9s o variantes preocupantes,<\/li>\n<li>la respuesta world a la COVID-19, teniendo en cuenta la informaci\u00f3n disponible sobre aspectos como las medidas de vigilancia, el rastreo de contactos, la contenci\u00f3n, el tratamiento y la notificaci\u00f3n de los casos, as\u00ed como la fiabilidad de la informaci\u00f3n y, de ser necesario, la puntuaci\u00f3n media complete en relaci\u00f3n con el Reglamento Sanitario Internacional.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asimismo, debe tenerse en cuenta el avance que registra el pa\u00eds a la hora de vacunar a la poblaci\u00f3n contra el virus. La reciprocidad es otro aspecto que se debe tener en cuenta regularmente y caso por caso.<\/p>\n<h3>Pruebas diagn\u00f3sticas y cuarentena<\/h3>\n<p>Toda persona que viaje desde cualquier pa\u00eds <strong>por un motivo esencial o no esencial<\/strong> debe haber dado negativo en una <strong>prueba PCR<\/strong> de COVID-19 realizada con un m\u00e1ximo de 72 horas de antelaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los Estados miembros pueden exigir <strong>el autoaislamiento o la cuarentena<\/strong> durante un per\u00edodo de hasta 14 d\u00edas, as\u00ed como cuantas nuevas pruebas de COVID-19 sean necesarias durante el mismo per\u00edodo.<\/p>\n<h3>Mecanismo de \u00abfreno de emergencia\u00bb<\/h3>\n<p>Si la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica de un tercer pa\u00eds o regi\u00f3n empeora r\u00e1pidamente, y en specific si se detecta en \u00e9l una variante preocupante o una variante de inter\u00e9s, los Estados miembros deber\u00e1n adoptar una <strong>restricci\u00f3n temporal urgente de todo viaje a la UE<\/strong>.<\/p>\n<p>Este \u00abfreno de emergencia\u00bb <strong>no se debe aplicar a los ciudadanos de la UE, a los residentes de larga duraci\u00f3n en la UE<\/strong> ni a determinadas categor\u00edas de <strong>viajeros esenciales<\/strong>, que deben, de todos modos, someterse a las pruebas diagn\u00f3sticas y a las medidas de cuarentena adecuadas, aun estando totalmente vacunados. Tales restricciones deber\u00e1n revisarse al menos cada dos semanas.<\/p>\n<p>La Recomendaci\u00f3n del Consejo no es un instrumento jur\u00eddicamente vinculante. Las autoridades de los Estados miembros siguen siendo responsables de aplicar su contenido.<\/p>\n<p>Como pa\u00edses asociados de Schengen, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza tambi\u00e9n aprueban esta Recomendaci\u00f3n.<\/p>\n<section class=\"gray-mercury-bg fluid no-offset margin-y-30 padding-bottom-20 padding-top-20\">&#13;<\/p>\n<div class=\"floated-right well\">\n<figure class=\"figure\">&#13;<br \/>\n        <img decoding=\"async\" class=\"img-responsive\" src=\"https:\/\/www.consilium.europa.eu\/media\/45639\/re-open.png\" alt=\"Sitio web Re-open EU\"\/>&#13;<figcaption><small>Re-open EU est\u00e1 disponible tambi\u00e9n como aplicaci\u00f3n<\/small><\/figcaption>&#13;<br \/>\n            <\/figure>\n<\/p><\/div>\n<p>&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n    &#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<\/p>\n<h2>Planifique su viaje en Re-open EU<\/h2>\n<p>Re-open EU es una aplicaci\u00f3n y un sitio internet que re\u00fane toda la informaci\u00f3n esencial sobre fronteras, medios de transporte disponibles, restricciones de viaje, medidas de salud p\u00fablica y seguridad como el distanciamiento f\u00edsico o el uso de mascarillas, adem\u00e1s de otra informaci\u00f3n pr\u00e1ctica para los viajeros.<\/p>\n<p>Puede utilizar el planificador de itinerarios para planificar viajes de forma segura entre los pa\u00edses de la UE.<\/p>\n<p>Toda la informaci\u00f3n est\u00e1 disponible en las veinticuatro lenguas oficiales de la UE.<\/p>\n<p>&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n    &#13;<br \/>\n        &#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n        &#13;<br \/>\n    <\/section>\n<h2>Asistencia consular a los ciudadanos de la UE en el extranjero<\/h2>\n<p>Conforme al Derecho de la UE, los ciudadanos tienen derecho a <strong>solicitar la asistencia de la embajada o consulado de cualquier pa\u00eds de la UE<\/strong> distinto del suyo si se encuentran en una situaci\u00f3n en la que necesitan asistencia en el exterior de la UE, cuando no exista embajada o consulado de su propio Estado miembro de la UE.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Europea y el Servicio Europeo de Acci\u00f3n Exterior ayudan a repatriar a los ciudadanos de la UE bloqueados en cualquier pa\u00eds del mundo; por su parte, los Estados miembros formulan recomendaciones sobre c\u00f3mo gestionar las restricciones de viaje. Se recomienda a los ciudadanos de la UE que necesiten asistencia fuera de la UE a ponerse en contacto con su Estado miembro.<\/p>\n<section class=\"gray-mercury-bg fluid no-offset margin-y-30 padding-bottom-20 padding-top-20\">&#13;<\/p>\n<div class=\"floated-right well\">\n<figure class=\"figure\">&#13;<\/p>\n<p class=\"h4 margin-y-10\">Infograf\u00eda &#8211; Un planteamiento com\u00fan de las medidas contra la COVID-19 aplicables a los viajes en la UE<\/p>\n<p>&#13;<br \/>\n        <a rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.consilium.europa.eu\/es\/infographics\/covid19-travel-measures-within-the-eu\/\">&#13;<br \/>\n            <img decoding=\"async\" class=\"img-responsive-full\" src=\"https:\/\/www.consilium.europa.eu\/media\/50347\/2106-covid19-measures-on-travel-within-the-eu-in-focus-01.jpg\" alt=\"S\u00edmbolos que ilustran el mundo, una maleta y la bandera de la UE.\"\/>&#13;<br \/>\n            <span>Ver infograf\u00eda completa<\/span>&#13;<br \/>\n        <\/a>&#13;<br \/>\n    <\/figure>\n<\/p><\/div>\n<p>&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n    &#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<\/p>\n<h2>\u00bfVa a viajar usted en el inside de la UE?<\/h2>\n<p>El Consejo ha adoptado una Recomendaci\u00f3n por la que se establecen unos criterios comunes y un marco com\u00fan para las medidas de viaje en respuesta a la pandemia de COVID-19.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la Recomendaci\u00f3n, los titulares de certificados de vacunaci\u00f3n expedidos de conformidad con el Reglamento sobre el certificado COVID digital de la UE, as\u00ed como las personas que se han recuperado de la COVID-19, no tendr\u00e1n que someterse a pruebas diagn\u00f3sticas ni a cuarentena o autoaislamiento, siempre que se cumplan determinadas condiciones.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n:<\/p>\n<p>&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n    &#13;<br \/>\n        &#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n&#13;<br \/>\n        &#13;<br \/>\n    <\/section><\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes www.consilium.europa.eu &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Restricciones de viaje a la UE La UE viene colaborando con sus Estados miembros a fin de contener la propagaci\u00f3n del virus y de ayudar a los sistemas nacionales de salud a dar respuesta a la pandemia de COVID-19. 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