{"id":129749,"date":"2021-05-19T10:52:05","date_gmt":"2021-05-19T10:52:05","guid":{"rendered":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/?p=129749"},"modified":"2021-05-19T10:52:05","modified_gmt":"2021-05-19T10:52:05","slug":"agencias-de-viaje-ven-un-error-que-espana-no-pague-pcr-a-turistas-extranjeros","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dimensionturistica.com\/es\/agencias-de-viaje-ven-un-error-que-espana-no-pague-pcr-a-turistas-extranjeros\/","title":{"rendered":"Agencias de viaje ven un error que Espa\u00f1a no pague PCR a turistas extranjeros"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div>\n<p><span class=\"D(ib) Mt(2px) Mb(4px) C($c-fuji-grey-m)\">The Dialog Espa\u00f1a<\/span><\/p>\n<h4 class=\"C($c-fuji-grey-m) Fw(600) Fz(16px) M(0) Mb(5px) Lh(1.25em) Trs(colorTransition) item-hover-trigger:h_C($titleHoverColor)\"><a rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\" class=\"Td(n) C($inherit) LineClamp(2,45px) D(f) js-content-viewer rapidnofollow\" data-uuid=\"6de29972-2dcd-3054-8129-44674d641b49\" href=\"https:\/\/es.noticias.yahoo.com\/prisi%C3%B3n-provisional-medida-cautelar-controvertida-195643550.html\" data-ylk=\"elm:hdln;itc:0;pos:1;sec:strm;subsec:moreforyou;cpos:16;ct:story;g:6de29972-2dcd-3054-8129-44674d641b49\" data-hosted-type=\"HOSTED\" data-wf-caas-prefetch=\"1\" data-wf-caas-uuid=\"6de29972-2dcd-3054-8129-44674d641b49\">Prisi\u00f3n provisional: \u00bfPor qu\u00e9 es la medida cautelar m\u00e1s controvertida de la justicia penal?<\/a><\/h4>\n<p class=\"M(0) C($summaryColor) Fz(14px) Lh(1.43em) LineClamp(3,60px)\">Grafiti en los muros exteriores de la antigua C\u00e1rcel Modelo de Barcelona. Shutterstock \/ Julian CrisantaLa prisi\u00f3n provisional es una privaci\u00f3n de la libertad a un sujeto legalmente inocente, que est\u00e1 imputado por un delito de especial gravedad, que es ordenada por una resoluci\u00f3n jurisdiccional de car\u00e1cter provisional y duraci\u00f3n limitada, antes de que recaiga sentencia penal firme, con el fin de asegurar el proceso de conocimiento con la presencia del imputado durante el proceso o la ejecuci\u00f3n de la eventual y futura pena. \u00bfCu\u00e1les son las condiciones para su aplicaci\u00f3n? Se ha de estar en situaci\u00f3n authorized de imputado (investigado). La imputaci\u00f3n lo ha de ser por un delito de especial gravedad. Ha de existir una resoluci\u00f3n judicial. La duraci\u00f3n de esta privaci\u00f3n de libertad ha de tener un l\u00edmite temporal. Conseguir asegurar la presencia del imputado (investigado) durante el proceso. Conseguir que, si finalmente hay una pena, se cumpla. Naturaleza de la prisi\u00f3n provisional En relaci\u00f3n con la naturaleza jur\u00eddica de la prisi\u00f3n provisional, hay que decir que afecta a derechos fundamentales como el de la libertad (art\u00edculo 17 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola) y el de presunci\u00f3n de inocencia (art\u00edculo 24.2 CE), afect\u00e1ndose tambi\u00e9n al principio de igualdad. Asimismo, la prisi\u00f3n provisional es una forma de privaci\u00f3n de libertad que tiene la funci\u00f3n teleol\u00f3gica de conseguir que pueda administrarse justicia a tenor del art\u00edculo 117 de la Carta Magna, pues si el encausado no est\u00e1 presente para poder ser juzgado se frustrar\u00eda la misma. Creemos que la situaci\u00f3n de prisi\u00f3n provisional puede afectar tambi\u00e9n de forma directa al derecho elementary a la defensa, pues es obvio que, al estar privado de libertad, el defenderse se hace mucho m\u00e1s complejo. Casos medi\u00e1ticos en relaci\u00f3n con la prisi\u00f3n provisional En los \u00faltimos tiempos hemos vivido distintos casos muy medi\u00e1ticos y pol\u00e9micos en los que la prisi\u00f3n prisi\u00f3n provisional se ha aplicado con duraciones muy distintas, por ejemplo, los casos del extesorero del PP Luis B\u00e1rcenas; el hijo del expresidente de la Generalitat de Catalu\u00f1a, Jordi Pujol Ferrusola; el expresidente de Banesto, Mario Conde; el expresidente de Ausbanc, Luis Pineda; el exsecretario normal de Manos Limpias, Miguel Bernad; o el fallecido Miguel Blesa. Tambi\u00e9n estuvieron en prisi\u00f3n provisional el expresidente de la CEOE, Gerardo D\u00edaz Ferr\u00e1n, o los exconsejeros de la Comunidad de Madrid, Ignacio Gonz\u00e1lez y Francisco Granados. Fue muy pol\u00e9mico el caso del expresidente de la Actual Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de F\u00fatbol, \u00c1ngel Mar\u00eda Villar, que apenas pas\u00f3 unos d\u00edas en la c\u00e1rcel de Soto del Actual por el presunto desv\u00edo de fondos del ente que presid\u00eda, y todav\u00eda m\u00e1s pol\u00e9mica suscit\u00f3 el caso de los dos titiriteros que fueron acusados de ensalzar a ETA durante la representaci\u00f3n de un espect\u00e1culo, caso que fue sobrese\u00eddo. No podemos olvidar los casos de corrupci\u00f3n p\u00fablica como \u201cG\u00fcrtel\u201d, \u201cP\u00fanica\u201d, \u201cLezo\u201d o \u201cErial\u201d. Tambi\u00e9n cabe citar casos en los que no se decret\u00f3 la prisi\u00f3n provisional ante el estupor de muchos, pues se solicitaban penas muy severas en procedimientos de tanta notoriedad como el que implicaba al yerno del Rey, I\u00f1aki Urdangar\u00edn, o al exministro y exdirector normal del FMI, Rodrigo Rato. En el caso de \u201cLa manada\u201d hubo un cambio de criterio de una de las magistradas y se dict\u00f3 una compleja sentencia condenatoria, y fue sorprendente que no se decretase prisi\u00f3n provisional para alguien ya condenado, con sentencia confirmada en apelaci\u00f3n y con penas tan altas. Por otra parte, en el caso de Eduardo Zaplana, dejando aparte los hechos investigados, lo que s\u00ed hab\u00eda period un reo gravemente enfermo, y as\u00ed lo confirmaron varios hemat\u00f3logos de m\u00e1ximo prestigio. Tampoco podemos soslayar el caso del Proc\u00e9s catal\u00e1n, cuyos investigados, hoy condenados en firme, sufrieron la dureza de la prisi\u00f3n provisional muy posiblemente porque compa\u00f1eros de causa independentista se fugaron en las primeras horas despu\u00e9s de proclamarse la independencia de Catalu\u00f1a, dejando, entendemos, poco margen de maniobra a los jueces. Si siempre es muy pol\u00e9mica la instituci\u00f3n de la prisi\u00f3n provisional ante la opini\u00f3n p\u00fablica, hoy d\u00eda todav\u00eda lo es m\u00e1s, pues en el caso de Sandro Rosell y Joan Besol\u00ed se produjo una libre absoluci\u00f3n despu\u00e9s de pasar los investigados de la causa 643 d\u00edas de privaci\u00f3n de libertad y sin ning\u00fan permiso de salida. En este caso, el entonces investigado Joan Besol\u00ed no pudo gozar de permisos de salida para visitar a su hijo que acababa de quedar parapl\u00e9jico tras un grave accidente, constituyendo ello un aut\u00e9ntico drama humano. Centro Penitenciario de Soto del Actual (Comunidad de Madrid). Shutterstock \/ Israel Hervas Bengochea Y cu\u00e1ndo se absuelve al reo, \u00bfc\u00f3mo se indemniza al inocente que ha estado privado de libertad? El sistema de indemnizaci\u00f3n de los da\u00f1os sufridos como consecuencia de una prisi\u00f3n provisional indebida se ha visto recientemente socavado en sus cimientos por la intervenci\u00f3n del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en adelante, TEDH). El Tribunal Constitucional, en la STC 85\/2019, ha recibido finalmente la doctrina del TEDH y ha declarado la inconstitucionalidad de dos literales del art\u00edculo 294.1 de la LOPJ, una decisi\u00f3n muy controvertida, que ha sido a su vez objeto de cr\u00edticas y loas doctrinales, que contradice el criterio interpretativo mantenido por el Tribunal Supremo hasta la fecha, y que parece abocar hacia un sistema de \u201ccompensaciones\u201d por responsabilidad patrimonial del Estado-Juez. El ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol regula el derecho a obtener una indemnizaci\u00f3n por prisi\u00f3n provisional injusta o indebida a trav\u00e9s del art\u00edculo 294 de la LOPJ. El procedimiento para la obtenci\u00f3n de la indemnizaci\u00f3n El sistema o mecanismo para obtener la indemnizaci\u00f3n se inicia a petici\u00f3n del interesado, que deber\u00e1 dirigirse directamente al Ministerio de Justicia, que la tramitar\u00e1 de acuerdo con las normas reguladoras de la responsabilidad patrimonial del Estado, tal y como prev\u00e9n los art\u00edculos 293.2 y 294.3 de la LOPJ. Contra la resoluci\u00f3n se puede interponer recurso contencioso-administrativo y el derecho a reclamar la indemnizaci\u00f3n prescribe al a\u00f1o, a contar desde el d\u00eda en que pudo ejercitarse. La cuant\u00eda de la indemnizaci\u00f3n se fijar\u00e1, de acuerdo con el art\u00edculo 294.2 de la LOPJ, en funci\u00f3n del tiempo de privaci\u00f3n de libertad y de las consecuencias personales y familiares que se hayan producido. Problemas en la determinaci\u00f3n de la cuant\u00eda a indemnizar El resultado ultimate es que el derecho a obtener una indemnizaci\u00f3n se extiende a todos los casos de prisi\u00f3n provisional seguida de absoluci\u00f3n, con indiferencia de los supuestos en los que esta se produzca, salvo casos concretos, como en caso de sobreseimiento provisional, en cuyo caso quien ha padecido prisi\u00f3n preventiva no alcanzar\u00e1 reparaci\u00f3n alguna. Un resultado que, en cualquier caso, no es pac\u00edfico. Por varias razones: Contradice la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo; Adapta la doctrina del TEDH y aboca a una indemnizaci\u00f3n sin diferenciar supuestos y sin establecer criterios para fijar la cuant\u00eda; No prev\u00e9 una indemnizaci\u00f3n m\u00e1s completa e individualizada para los supuestos de inocencia materials, que no distingue de los casos de antijuridicidad formal o de los supuestos de mera prescripci\u00f3n del delito; La propia sentencia 85\/2019 del Tribunal Constitucional incluye dos votos particulares, uno de ellos, emitido por los magistrados, lo que muestra la disparidad de criterios interna del TC. La primera sentencia del Tribunal Supremo que aplica la nueva doctrina constitucional se refiere a que esta nos aboca directamente a una indemnizaci\u00f3n autom\u00e1tica. Una sentencia en la que se acepta, por otro lado, indemnizar con 3 000 euros a una persona que se vio privada de libertad m\u00e1s de 350 d\u00edas y finalmente result\u00f3 absuelta.Este art\u00edculo fue publicado originalmente en The Dialog. Lea el authentic. Las personas firmantes no son asalariadas, ni consultoras, ni poseen acciones, ni reciben financiaci\u00f3n de ninguna compa\u00f1\u00eda u organizaci\u00f3n que pueda obtener beneficio de este art\u00edculo, y han declarado carecer de v\u00ednculos relevantes m\u00e1s all\u00e1 del cargo acad\u00e9mico citado anteriormente.<\/p>\n<\/div>\n\n<p><em> &#8221; Fuentes es.noticias.yahoo.com &#8221; <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>The Dialog Espa\u00f1a Prisi\u00f3n provisional: \u00bfPor qu\u00e9 es la medida cautelar m\u00e1s controvertida de la justicia penal? Grafiti en los muros exteriores de la antigua C\u00e1rcel Modelo de Barcelona. 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