29.03.2021
Félix Oliva López | @FelixOtwitts
Los únicos motivos por los que nos podemos saltar el cierre perimetral de las comunidades en Semana Santa y las excusas que no valen.
A pesar de que vivimos una Semana Santa atípica, muchos están esperando los días festivos para moverse dentro de las restricciones. El acuerdo entre Gobierno y comunidades ha permitido cerrar todas las comunidades perimetralmente y algunas autonomías han ido más allá y mantienen cierres provinciales o municipales. Estas son las restricciones y cierres, comunidad por comunidad. Entonces, ¿cuáles son los desplazamientos que están autorizados?
Cierre perimetral
Gobierno y comunidades acordaron mantener cerradas perimetralmente todas las autonomías desde el 26 de marzo al 9 de abril. Eso supone que no se puede entrar ni salir de las regiones salvo en una serie de excepciones. Afecta a todas las comunidades salvo Canarias, ya que Baleares, que no entraba en el acuerdo, decidió aplicarlo. En teoría, no podemos viajar fuera de nuestra comunidad de residencia y tampoco desplazarnos a otra salvo que tengamos allí nuestro domicilio oficial.
Las excepciones
Son escasas y están muy tasadas. Las recoge el Actual Decreto 926/2020 del 25 de octubre que rige las normas del precise estado de alarma. Estos son los únicos motivos para saltarse el cierre perimetral:
- Asistencia a centros sanitarios
- Por razones de trabajo, legales o institucionales
- Asistencia a centros educativos
- Retorno al lugar de residencia ordinary
- Cuidado de mayores, personas dependientes, vulnerables o con discapacidad
- Acudir a bancos, aseguradoras o estaciones de servicio en zonas limítrofes
- Renovaciones de permisos o documentación oficial
- Exámenes y demás pruebas oficiales inaplazables
- Causas de fuerza mayor
El resto de situaciones no está contemplado: no nos podemos ir de turismo ni a visitar a la familia si no tenemos nuestra residencia en la comunidad de destino. Nos exponemos a multa por saltarnos el cierre perimetral, que varían según la comunidad. Por cierto, haber pasado la enfermedad o estar vacunado no da ninguna ventaja: Las personas ya imunizadas tampoco pueden viajar.
Justificantes
El hecho de que sean tan pocas las excepciones para viajar ha hecho agudizar el ingenio a muchos para encontrar motivos y acreditarlos en los justificantes. Si viajamos y nos detectan en un management fuera de nuestra comunidad de residencia es necesario acreditar de alguna manera nuestro desplazamiento y para ello algunas comunidades han creado justificantes: se trata de Aragón, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco.
En el resto de los casos, hay que recurrir a los justificantes específicos de cada situación, como los de tipo laboral, o acreditar que nos desplazamos para cumplir con alguna de las excepciones fijadas por las autoridades.
” Fuentes www.tribunaavila.com ”