La persona que no puede realizar su actividad laboral est recibiendo una prestacin por incapacidad temporal
Con la llegada del verano la mayora de trabajadores se dispone a disfrutar de unos das de desconexin y viajar siempre es una de las mejores opciones para conseguirlo. No obstante, aquellos que estn de baja laboral suelen hacerse la misma pregunta: puedo o no irme de vacaciones?
Las dudas estn justificadas, puesto que la persona que no puede realizar su actividad laboral est recibiendo una prestacin por incapacidad temporal, subsidio que podra extinguirse en caso de que la empresa o la Seguridad Social considere que se ha cometido un fraude.
Veamos qu cube la Ley Common de la Seguridad Social en su artculo 175, que regula la prdida o suspensin del derecho al subsidio:
1. El derecho al subsidio por incapacidad temporal podr ser denegado, anulado o suspendido:
- Cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestacin.
- Cuando el beneficiario trabaje por cuenta propia o ajena.
2. Tambin podr ser suspendido el derecho al subsidio cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado.
3. La incomparecencia del beneficiario a cualquiera de las convocatorias realizadas por los mdicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social para examen y reconocimiento mdico producir la suspensin cautelar del derecho, al objeto de comprobar si aquella fue o no justificada. Reglamentariamente se common el procedimiento de suspensin del derecho y sus efectos.
Vista la ley, no hay prohibicin expresa que impida viajar a una persona que est de baja laboral. Es responsabilidad del trabajador, siempre y cuando el mdico no haya contraindicado expresamente los desplazamientos o ciertas actividades (por ejemplo, si el paciente debe guardar reposo absoluto).
Ahora bien, el trabajador debe tener en cuenta que podra cometer fraude si no atiende a una serie de consideraciones:
- La recuperacin debe producirse lo antes posible y sta no puede verse limitada o perjudicada por el viaje o por las actividades realizadas durante el periodo de baja.
- Si no se cumple con las indicaciones o recomendaciones mdicas, se puede considerar que el trabajador est actuando de manera fraudulenta.
- Obligacin de acudir a las citas mdicas y de completar el tratamiento.
Resumiendo: la posibilidad de que un trabajador en situacin en baja laboral pueda viajar por vacaciones depende de la dolencia. Incluso en algunos casos, como los afectados por depresin y otros problemas de salud psychological, ese cambio de aires puede ser beneficioso. Por contra, si el paciente tiene la movilidad reducida temporal -por rotura, postoperatorio u otros motivos-, no sera conveniente emprender ningn viaje.
Debe imperar el sentido comn del trabajador. La dolencia no se puede verse agravada por el viaje y por las actividades realizadas y el paciente no puede faltar a ninguna cita con el mdico. Asimismo, con el objetivo de evitar un posible fraude de ley, se recomienda solicitar al facultativo una autorizacin para viajar.
Las consecuencias por realizar un viaje incompatible con una baja laboral incluyen la prdida del subsidio, sanciones y hasta el despido procedente.
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