Tradicionalmente, el turismo estudiantil se enfoca en los viajes de egresados que mayoritariamente eligen Bariloche como destino. Una ciudad que en determinadas épocas del año se llena de alumnos de los últimos años de los colegios secundarios de todo el país y que, a partir de este escenario, genera un millonario negocio para agencias, hoteles, locales gastronómicos y también los históricos boliches bailables como Grisú, Cerebro y ByPass.
Las tres discos icónicas nacidas en los años 80 y que han sido y son escenarios fieles de las noches más recordadas para millones de argentinos que se despidieron de la secundaria bailando en sus salones.
Pero varios de ellos fueron también parte de una investigación abierta por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) para determinar si se ponían de acuerdo en la fijación de precios y reparto del negocio.
La tarea del organismo que conduce Rodrigo Luchinsky se inició en el 2018 a partir de la denuncia radicada por un ejecutivo de la empresa Powerlink, que se dedica a organizar espectáculos y reuniones de carácter artístico y cultural en el establecimiento denominado Puerto Rock Bariloche y que, para el turismo estudiantil, organiza la denominada “fiesta de bienvenida”.
Las discos que están bajo la lupa
Las apuntadas fueron Grisú y Alliance, controlantes de los principales boliches de Bariloche y que terminaron siendo sancionadas con una multa de $240 millones luego de que la CNDC acreditara que tenían un acuerdo colusorio para fijar precios y repartirse el mercado de servicios de discoteca para el turismo estudiantil en la ciudad. Además, de la sanción monetaria para cada empresa, el dictamen obliga a la desconcentración de la discoteca Genux para la firma Alliance.
Ambas decisiones deberán ser refrendadas por la Secretaría de Comercio que comanda Matías Tombolini y en concreto impone una sanción de $150 millones a Alliance y a Grisú otros $90,3 millones.
En el caso de Cerebro, que es propiedad de la sociedad Alliance, sus dueños deberán abonar una multa de $90,3 millones
Asimismo, la CNDC dispuso que la disco Genux, propiedad de la sociedad Cadehsur, deje de ser controlada por una persona humana o jurídica que tenga vinculación con Alliance o con sus directivos o accionistas.
Según consta en el dictamen, tanto Alliance como Grisú “ofrecen servicios de discoteca en la ciudad de Bariloche y, específicamente, ofrecen este tipo de servicios a las agencias de turismo que comercializan paquetes de viajes estudiantiles para egresados de las escuelas secundarias de todo el país”.
Qué cube la investigacion
En el caso de Alliance opera las discotecas By-pass; Rocket; Cerebro y Genux, mientras que Grisú hace lo mismo con la discoteca homónima. En la investigación se corroboró que ambas sociedades establecieron un acuerdo para la fijación conjunta de los precios de las entradas a las discotecas, “emitiendo un tarifario único que hacían llegar a las agencias de turismo de forma periódica, incluyendo el porcentaje de aumento”.
En los casos en los que existieron negociaciones con las agencias de turismo en relación al precio y a las condiciones de pago, se basaban en dicho tarifario único.
Asimismo, se verificó un acuerdo para el reparto de mercado por franja horaria que estuvo instrumentado por medio de un “Memorándum de Entendimiento” vigente desde el 2004 hasta el 2017 inclusive.
La disco Grisú fue sancionada con $150 millones, el monto máximo que permite la Ley de Defensa de la Competencia
El esquema se encontraba basado en el fraccionamiento del mercado entre el segmento de “Pre Dancing”, con horario de 17.00 a 00.00 hs. y, el segmento de “Discoteca Nocturna” a partir de las 00.00hs. Este reparto se organizó con la empresa Powerlink en la franja del “Pre Dancing” ofreciendo la “fiesta de bienvenida”, y Alliance y y GRISÚ, en la franja de “Discoteca Nocturna”, con el servicio de discoteca en By-pass, Rocket, Cerebro, Genux y Grisú.
Perjuicio para las agencias de viaje
Del mismo modo, la CNDC corroboró el reparto de clientes para que, a lo largo de la duración del viaje de egresados, los estudiantes concurran, como mínimo, una noche a cada discoteca en horario nocturno y a las fiestas prestadas tanto en horarios de matinée como en el nocturno.
“Estas prácticas concertadas generaron un claro perjuicio de manera directa a las agencias de turismo estudiantil a nivel nacional y de manera indirecta a los estudiantes que en definitiva demandan la ciudad de Bariloche como destino de viajes de egresados”, asegura el dictamen de organismo oficial.
El documento también explica que la concertación permitió que las empresas cobren mayores precios que los que hubieran prevalecido en ausencia de la conducta y cuenten con una mejor posición negociadora ante las agencias de turismo frente a la que habría cabido en ausencia del acuerdo, e impidió que los consumidores finales puedan adquirir una cantidad diferente de noches de discotecas a las establecidas por las firmas investigadas.
De manera paralela a las multas aplicadas y la desconcentración ordenada a Alliance, la CNDC dispuso que las tres sociedades involucradas finalicen con el mecanismo de cartelización e intercambio de información, y procedan a la comercialización y fijación de condiciones comerciales de forma independiente y competitiva.
También se le ordenó a Alliance a que se abstenga de comercializar noches de discoteca por cuenta de terceros y, en specific, no cooperar ni coordinar la venta conjunta de servicios de discoteca con otros operadores, no exigir a terceros ningún tipo de negociación exclusiva que condicione la adquisición de los servicios propios y de Grisú y Powerlink u otro competidor y abstenerse de realizar la venta conjunta de las discotecas que ésta controle y/o administre.
Tradicionalmente, el turismo estudiantil se enfoca en los viajes de egresados que mayoritariamente eligen Bariloche como destino
Si bien también Powerlink fue encontrada responsable de las mismas conductas anti competitivas, la CNDC decidió no aplicar una multa monetaria en función de su colaboración con la autoridad para aportar las pruebas suficientes para la detección de las irregularidades como el acuerdo de precios que es considerado por la Ley de Defensa de la Competencia la infracción más grave y respecto de la cual corresponde aplicar las sanciones más severas en atención a que generan un daño significativo sobre el interés económico normal y el bienestar de las y los consumidores.
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