En una tribuna de opinión para NEXOTUR reclama que “se fijen fechas de enmiendas para comenzar la tramitación, porque sin ello todo es humo pues, o se aprueba como ley aquí y ahora, o tenemos garantía solidaria hasta el fin de los tiempos”.
Con la reanudación de la actividad parlamentaria, debería haber vuelto a primer plano de actualidad lo referente al proyecto de supresión de la garantía solidaria entre el organizador de viajes combinados y los comercializadores de estos en el contexto del proyecto de revisión de la Ley Common de Defensa de Consumidores y Usuarios aprobado por el Gobierno con fecha 20 de julio. Constituye una piedra angular de la legislación reguladora de la actividad de las agencias de viajes.
Y decimos que debería haber vuelto, porque entrar en el Congreso ya entró, pero está pendiente de que la Mesa del Congreso fije fechas para su tramitación y si bien no parece que exista el peligro de una disolución de las Cortes como en 2019 por dos veces, ni que la mayoría de la Mesa prorrogue sine die el plazo de presentación de enmiendas como ocurrió en 2018. Mientras el texto del proyecto de ley no se apruebe, la garantía solidaria sigue vigente y con ella sus irracionales y nocivos efectos para el sector de agencias de viajes, que con ella sufre una regulación que constituye una excepcionalidad dentro de las regulaciones tanto sectoriales como de protección del consumidor o usuario, viajero en este caso, y eso sí, como caso exclusivo en España.
Esa solicitud de urgente tramitación, desde julio lleva esperando, debería ser, sin matices asociativos, la demanda international del sector de agencias de viajes a los miembros de la Mesa del Congreso
Es por ello que, desde FETAVE, se ha solicitado reunión a los diferentes grupos del Congreso y se han mantenido reuniones, entre otros, con los cuatro principales grupos por número de diputados para solicitarles apoyo al proyecto del Gobierno en ese punto de la supresión de la garantía solidaria y su sustitución por la de organizador y comercializador en sus respectivos ámbitos competenciales. Complementariamente, se ha pedido una mayor precisión del carácter de “ocasional” de los viajes excluidos de la protección al viajero como mejor garantía para estos y, al tiempo, como coto de intrusismos indeseables. A este respecto, debemos decir que los grupos con los que hemos mantenido esas reuniones, y esperamos que también con los que están pendientes, la solicitud de FETAVE ha sido recibida muy favorablemente de forma que creemos que la aprobación de esa modificación estaría asegurada, una vez se tramite el proyecto y ese es el objetivo, la más rápida tramitación posible.
Desde que, a finales de 2017, FETAVE conoció el borrador de anteproyecto de transposición de la Directiva UE 2302/2015 en la que se incorporaba la garantía solidaria entre organizadores y comercializadores, inició sus gestiones ante la entonces AECOSAN del Ministerio de Sanidad y Consumo, explicando en sus alegaciones la incongruencia de esa disposición que, no siendo obligatoria por la Directiva, venía a representar una excepcionalidad española. No solo respecto a otras legislaciones europeas, sino también respecto a cualquier otro sector económico, con un incremento de costes totalmente ineficiente de no menos 165 millones de euros al año que acaba recayendo, en mayor o menor medida, sobre los viajeros y además sin ningún beneficio para estos, cuyos derechos ya venían garantizados por la responsabilidad del organizador, obligatoria según la Directiva. Al mismo tiempo, proponíamos como alternativa sustituir esa garantía solidaria por la de organizador y comercializador en sus respectivos ámbitos de actuación.
Con esa discrepancia, muy importante, señalábamos también, pero con mucha menos relevancia, la conveniencia de precisar la excepción de determinados viajes combinados respecto a la garantía de la Directiva tanto en lo referente a incorporar una mayor precisión de ese tipo de viajes y especialmente del concepto “ocasional” como que fuese obligatorio que el viajero conociese que ese viaje no estaba cubierto por las garantías de la Directiva de viajes combinados.
Y con esas dos matizaciones, la de la garantía solidaria, very important para el Sector de agencias, FETAVE apoyaba la transposición propuesta por cuanto venía a resolver la inadecuada transposición de la Directiva de 1990 por la que la Comisión había emplazado bajo sanción al Gobierno de España, porque con ella se posibilitaría una adecuación normativa acabando con la obsoleta legislación vigente y con unas fianzas administrativas carentes de toda lógica, igualando las exigencias para todo organizador o comercializador de viajes sea cual sea el título en que se ampare o el canal de presencia en el mercado. Al mismo tiempo, apostar por la responsabilidad ante el viajero como sello de calidad de la actividad de las agencias y elemento diferencial frente a la realización de viajes auto organizados como la experiencia de la disaster de Thomas Cook dinner y la de la pandemia COVID-19 han venido a demostrar, poniendo en valor la función de las agencias con la vigencia de la normativa de viajes combinados.
Resulta obvio señalar que las observaciones de FETAVE no fueron tenidas en cuenta y con algún retoque formal derivado del informe del Consejo de Estado, el texto del borrador se convirtió en proyecto de ley aprobado en marzo de 2018 por el Gobierno y enviado a las Cortes Generales para su aprobación.
FETAVE, entonces única representante del sector de agencias de viajes en CEOE, planteó sus observaciones a través de ésta y también directamente a los Grupos Parlamentarios, consiguiendo que uno de ellos las introdujese y por tanto pudiesen ser discutidas, al tiempo que, conocida la enmienda, otros Grupos se comprometieron a apoyarla siendo razonables la probabilidades de que pudiera ser aprobada. Pero para ese momento, vía la moción de censura de junio de 2018, el Gobierno había cambiado y desde la Mesa del Congreso se fueron alargando plazos para las enmiendas y con ello retrasando la discusión del proyecto.
Ello obligó a que, para eludir las sanciones económicas aplicables a España por no dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Common de Justicia de la UE, por Actual Decreto Ley de 27 de diciembre de 2018, el Gobierno aprobase una transposición, mera copia del proyecto aprobado en marzo por el anterior Gobierno, que fue convalidado y tramitado como proyecto de ley con apertura del procedimiento correspondiente que, la disolución de las Cortes Generales en enero de 2019, hizo decaer y dejó como texto authorized, sin ningún tipo de tramitación parlamentaria y con ello de eventuales modificaciones, el texto del proyecto de ley aprobado en marzo de 2018 que incorporaba la aberración de todo tipo de la garantía solidaria.
Sobre esa situación, FETAVE siempre ha entendido que no cabía otra alternativa que “pelear” con Consumo, especialmente, y Turismo, que siempre nos ha manifestado su apoyo, la modificación de la normativa nacional y a ello ha dedicado sus esfuerzos, desechando la “solución” de algunos otros de modificación de la Directiva, pues la misma no contempla esa garantía solidaria y por ello no es coherente que la modifique. Además de que una modificación de esa Directiva no es pensable en años y, de modificarse, será para incrementar aún más las garantías para los viajeros, si es que ello es posible o la otra “solución” de intervención de la Comisión Europea, sobre la que nos preguntamos qué ha ocurrido con la anunciada denuncia, si realmente se produjo, sobre una pretendida ilegal doble garantía del texto del Actual Decreto Ley porque simplemente period errónea y fruto de una incorrecta lectura de la Directiva y no lectura, o no comprensión, del informe del Consejo de Estado que dejaba negro sobre blanco el sentido de la no conformidad del texto de la Directiva.
Sin noticias favorables de Bruselas de la Comisión, como FETAVE había previsto y dando por sentado que se produjese la queja que se anunció, en la única vía posible de modificación, el Ministerio de Consumo, por fin, ha atendido nuestros argumentos y recogido nuestras sugerencias, que no son de FETAVE, sino del whole del sector de agencias de viajes, para lo que la mediación y apoyo de la Secretaria de Estado de Turismo ha sido relevante, pero, sobre todo, la actitud de Consumo, escuchando y atendiendo los argumentos que sus anteriores responsables nunca quisieron atender y que ha tenido reflejo en la aprobación por el Consejo de Ministros de la modificación de la Ley Common de Defensa de Consumidores y Usuarios el pasado 20 de julio.
Es un paso transcendental, pero, desde entonces, el proyecto no se ha movido ni está fijado plazo de enmiendas y mientras que no se tramite y apruebe, lo hasta ahora avanzado es humo porque sigue y seguirá rigiendo la garantía solidaria entre organizador y comercializador en los términos del RD Ley de 27 de diciembre de 2018 y es por ello basic que la Mesa del Congreso fije fecha limite de presentación de enmiendas y que comience la tramitación parlamentaria para que, cara al esperado verano de la cuasi normalización de 2022, porque no lo será para este inicio de viajes del IMSERSO, ni para primero de año, ni para la Semana Santa, esa irracional y antieconómica garantía solidaria sea simplemente una pesadilla.
Y esa solicitud de urgente tramitación, desde julio lleva esperando, debería ser, sin matices asociativos, la demanda international del sector de agencias de viajes a los miembros de la Mesa del Congreso, comenzando por su Presidenta, y es que, como sector, la posibilidad de la modificación es ahora, o quizás nunca, porque una nueva oportunidad de que pueda efectuarse puede no darse nuevamente en años si es que por cualquier causa no llegase a ser efectiva la aprobación de esa modificación legislativa.
Manuel Panadero López
Asesor de la Presidencia de FETAVE
” Fuentes www.nexotur.com ”