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Una mujer de 47 años ha sido condenada a cinco años y tres meses de prisión por la Audiencia Provincial de Alicante por un delito de trata de seres humanos en concurso con otro de explotación sexual, así como doce meses por tres delitos contra los derechos de los extranjeros.
La sentencia dictada por un tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia considera acreditado que la procesada, de nacionalidad colombiana, gestionó el viaje de una compatriota hasta Benidorm, donde la forzó a ejercer la prostitución bajo amenaza de causarle daño a ella o a su familia en Colombia para satisfacer una supuesta deuda de 7.500 euros por los gastos de esos viajes.
De igual modo, la Audiencia confirma que la mujer facilitó el desplazamiento hasta Benidorm de un transexual, también de origen colombiano, a quien también acogió para que se dedicase al ejercicio de la prostitución y actuó del mismo modo con una tercera víctima, una chica procedente de Venezuela, quien también tuvo que prostituirse en la vivienda proporcionada por la acusada para saldar una deuda de 7.500 euros. Se trata de una práctica muy routine, endosar una deuda para forzar a la prostitución.
Los hechos, según la sentencia, se sucedieron entre septiembre y octubre de 2018, cuando se produjo la captación de la primera víctima y cuando se facilitó el domicilio de acogida a las dos víctimas restantes.
Las tres personas ejercieron la prostitución porque fueron forzadas por la ahora condenada, hasta que una de ellas consiguió avisar a un conocido a través de un mensaje de WhatsApp sobre cuál period situación. A partir de ahí empezaron las investigaciones.
Este conocido alertó a la Policía, lo que propició que los agentes de se personasen en la vivienda en la que se encontraban en Benidorm y tomasen declaración a las víctimas tras el registro de las correspondientes denuncias. Todo ello ha sido esencial en la investigación.
Otros acusados
La Fiscalía acusaba también a una segunda mujer, de 36 años y nacionalidad venezolana, y a otro hombre, español y de 32 años, por participar en ese mismo entramado, pero el tribunal solo ha estimado probada la de la mujer, a la que ha condenado a cuatro meses de prisión por considerarla autora de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
La sentencia de la Audiencia alicantina es recurrible ante la sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días.
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” Fuentes www.elespanol.com ”