El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) prepara ya la vuelta de su programa de viajes. Aún no hay fechas y será el programa de vacunación el que diga la última palabra, pero la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ya ha asegurado que su departamento ya trabaja para acelerar la reactivación para octubre dado que «la población mayor es la primera que se está vacunando y por lo tanto se dan las condiciones de seguridad para que empiece a viajar», explicó la ministra a EFE.
Esto implicaría que los viajes comenzarían a comercializarse en septiembre, aunque el Gobierno tiene que volver a convocar el concurso para la adjudicación de los lotes, que tuvo que ser rescindido como consecuencia de la pandemia. «Estamos trabajando ya en los pliegos incorporando algunas de las reclamaciones que el sector turístico ha hecho llegar durante estos meses de trabajo y esperamos llegar a tiempo», indicó Maroto.
Por su parte, la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (Fetave) ha solicitado precisamente la agilización de los trámites para que el programa inicie su comercialización antes de octubre ya que «estos viajes son hoy es la única tabla de reactivación que cabe ver en el corto plazo para sostener el empleo precise e, incluso, recuperar empleados de los ERTE».
Requisitos para poder viajar con el Imserso
Si la pandemia no impone ninguna novedad al respecto, para poder participar en este programa de viajes hay que cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
-Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones.
-Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad.
-Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años o más años de edad.
-Ser titular o beneficiario del sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años o más años de edad.
A los españoles residentes en el extranjero o que emigraran se les pedirá que sean pensionistas del sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado con los mismo requisitos de edad que corresponda a su grupo para los residentes en España
Los beneficiarios del programa podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que éstos reúnan los requisitos de edad o pensión.
También podrán viajar con ellos los hijos con discapacidad en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso particular person que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En todo caso, tanto los beneficiarios como sus acompañantes «deben valerse por sí mismos para realizar las actividades básicas de la vida diaria».
” Fuentes www.elcorreo.com ”