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El Decreto 135 exceptúa de la restricción a la movilidad a terminales y al aeropuerto, pero en situaciones específicas y que puedan acreditarse.
El aumento sostenido en la ciudad y el país de los casos de COVID-19 ha obligado a los gobiernos nacional, departamentales y locales a implementar medidas de contención ante una tercera ola de contagios que, en Bogotá, se espera que llegue a finales de abril. Por esto, la capital ya expidió el Decreto 135 con restricciones a la movilidad, por lo menos, hasta el próximo 19 de abril.
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De esta manera, el pico y cédula y la cuarentena whole volvieron a ser implementadas. Sin embargo, la medida del Distrito contempla algunas excepciones, como es el caso de los viajes por tierra o por aire, pero con condiciones.
En el caso de los terminales de transporte, están exceptuados el private operativo y administrativo, conductores y pasajeros “exclusivamente para atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso de que la autoridad así lo requiera”.
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Así mismo, está exento el private operativo y administrativo aeroportuario, tripulación y pasajeros que “tengan vuelos de salida o llegada a Bogotá, programados durante el periodo restricción, debidamente acreditados con el documento respectivo”, es decir, el respectivo pasabordo o tiquete.
Estas determinaciones fueron tomadas por la Administración de Claudia López luego de una reunión con el Comité Epidemiológico Nacional y fueron aprobadas por el Gobierno Nacional.
” Fuentes www.elespectador.com ”