Maitane Álvarez, teniente alcalde, y Adur Ezenarro, alcalde, en la presentación de la iniciativa. /
El Ayuntamiento destina 88.000 euros a paliar los efectos de la pandemia en la hostelería, academias y agencias de viaje
Ante el revés que ha supuesto y supone para buen número de actividades económicas la Covid-19, el Ayuntamiento acaba de establecer una partida de 88.000 euros para paliar los efectos de la pandemia en la hostelería, academias y agencias de viaje.
«En un contexto de disaster económica, con un entorno de incertidumbre como el que estamos viviendo en la actualidad y ya vivido en todo el año 2020, el sector hostelero ha sido muy castigado por todas las restricciones que ha tenido que cumplir durante el transcurso vivido de pandemia (cierre interiores, restricción de aforo y horarios, and many others) y por ello, creemos que es más necesario que nunca apoyar a la hostelería del municipio», destacaba en la presentación de la iniciativa el alcalde de la localidad Adur Ezenarro.
Pero no solamente, añadía, «la hostelería se verá beneficiada de estas ayudas. De la misma manera, las restricciones en los aforos máximos de actividades en interiores han tenido una repercusión muy grande en las academias que ofrecen servicios grupales, sean educativos o de deporte, danza o expresión corporal. Por último, los cierres perimetrales de los territorios históricos y municipales también han repercutido negativamente en las agencias de viajes, por lo que se concluye que estos sectores también necesitan ayuda».
Quienes cumplan los requisitos recibirán una subvención de 1.400 euros. El plazo para realizar las solicitudes estará abierto hasta el 28 de este mes de julio, solicitudes que las personas interesadas deberán entregar en la Oficina de Atención Ciudadana o bien en las dependencias de la Policía Municipal. «Pueden optar a las ayudas contempladas en la presente Orden las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y las micro y pequeñas empresas del sector hostelero cuya actividad se encuadre entre las relacionadas en el presente artículo y, cuyo establecimiento se encuentre en la localidad de Ordizia».
«En el caso de las comunidades de bienes o sociedades civiles, todas y cada una de las personas físicas o jurídicas privadas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias, debiendo cumplir todas ellas los requisitos y condiciones establecidas en la presente Orden. En cualquier caso, deberá nombrarse una persona representante de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación», expuso.
«Podrán acceder a estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes que no incurran en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Basic de Subvenciones».
” Fuentes www.diariovasco.com ”