Hacienda deberá devolver 48 millones de euros a grandes empresas como Pascual, Heineken o Panini después de que un cambio de criterio del Tribunal Supremo haya dado un vuelco a la forma en que se calcula una deducción del impuesto de sociedades. Así lo ha constatado EL PERIÓDICO DE ESPAÑA a través de la documentación judicial a la que ha tenido acceso y en la que no solo se confirman estas cantidades, sino que también se abre la puerta a que lleguen nuevas reclamaciones. Por ejemplo, la empresa propietaria de Central Lechera Asturiana, que ya ha visto anulada una liquidación en su contra por valor de 10,3 millones de euros, tiene abierto otro recurso por 8,1 millones.
De esta forma, lo que en un primer momento period una irregularidad para la Justicia, a partir del cambio de criterio del Supremo pasa a ser una interpretación correcta de la ley. Con ello se cierra, en principio, una disputa que llevaba años abierta en los tribunales acerca de “cómo se ha de calcular la deducción en el impuesto de sociedades del 15% de los gastos de propaganda y publicidad para la difusión de acontecimientos de excepcional interés público”. Es decir, qué beneficios fiscales tiene que tener para las empresas que, por ejemplo, Mahou decida promocionar en su merchandising el Año Jubilar Guadalupense, como hizo en 2007 y 2008.
En el caso de Mahou San Miguel, la empresa matriz de la cervecera, Hacienda deberá devolverle casi 1,1 millones de euros por los ejercicios fiscales de 2008 y 2009 después de que en diciembre del año pasado el Supremo le diera la razón en su pulso con el fisco por esa deducción y anulase una multa millonaria. Hasta la fecha no ha sido, sin embargo, ni la primera devolución ni tampoco la de mayor valor.
Cambio de criterio
El primer caso del que tiene constancia este periódico es el de Panini, la empresa italiana líder a nivel mundial en la venta de cromos. En julio de 2021 el Supremo le dio la razón y autorizó la devolución de 1,5 millones de euros pagados en concepto de impuesto de sociedades entre 2009 y 2011.
Ese primer ‘sí’ abrió la puerta a que otras grandes empresas, que ya llevaban años con el litigio abierto en los tribunales por lo sucedido en periodos de tiempo similares y que apenas unos meses antes habían visto sus recursos desestimados, pudieran recibir un veredicto favorable. La decisión de cambiar el criterio de lo que había fijado la Sección Segunda de la Sala de la Audiencia Nacional en 2017 se tomó en el Tribunal Supremo de forma unánime.
Entre otras razones, el alto tribunal arguye que en la ley ya se reconoce el incentivo fiscal para las empresas que quieran incluir en su materials promocional una referencia a esos eventos de “excepcional” interés público, por lo que la deducción sí que sería correcta.
15,5 millones de euros
La empresa que más dinero habría recuperado de esta forma sería, según la documentación a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, la Compañía Castellana de Bebidas Gaseosas (Casbega), una de las principales embotelladoras de Coca-Cola.
La empresa, que pasó a formar parte de una única concesionaria para España, Portugal y Andorra en 2013, debería recibir de vuelta de esta forma alrededor de 15,5 millones de euros por los ejercicios de 2004 a 2007. Refrescos Envasados del Sur, otra de las empresas que pasaron a formar parte de esa concesionaria y que promocionó los Juegos Olímpicos de Pekín de 2008, por ejemplo, recuperará 247.000 euros.
El cambio de criterio, y, por tanto, de dirección en el Supremo, ha hecho que en la segunda mitad de 2022 se sucedieran las sentencias favorables a las empresas. Por ejemplo, Hesa, S.A., la empresa matriz de Heineken, recibió un ‘no’ en ese mismo tribunal en 2021 por esta cuestión, pero, apenas un año más tarde, en el marco de varias decisiones similares, sí que se estimó su recurso. En juego, 8,5 millones de euros que corresponden al impuesto de sociedades de los ejercicios de 2010 a 2012.
El mismo recorrido tuvo Aguas Danone S.A., la división de Danone en la que se engloban marcas como Font Vella, Evian o Lanjarón y que consiguió que se resolviera a su favor una disputa de casi 2,6 millones de euros cuando había recibido una negativa a su recurso apenas un año antes.
Una cantidad related a la de Heineken también tenía en disputa la Corporación Alimentaria Peñasanta (CAPSA), matriz de marcas como Central Lechera Asturiana, que a mediados de 2022 también vio cómo el Supremo anulaba de forma unánime la liquidación de 10,3 millones de euros que le había impuesto el Tribunal Económico Administrativo Central en 2016 por el impuesto de sociedades de 2007 a 2009.
Pascual, su principal rival en el mercado del lácteo, también se ha beneficiado de este cambio de criterio, ya que en una sentencia de noviembre de 2022 se anuló una reclamación de Hacienda en su contra por valor de casi 2,6 millones de euros. En fechas similares, Ebro Meals, la empresa que cobija marcas como SOS, Brillante o La Fallera, consiguió anular la liquidación de 5,8 millones de euros.
En la sentencia de Pascual, además, se explica un poco más del porqué de ese viraje, ya que, según se expone, “no se trata de incentivar la realización de un gasto adicional por parte de las empresas, pues probablemente ninguna lo haría a cambio de una deducción del 15% de ese gasto adicional”. Es decir, que, por sí mismo, patrocinar eventos en sus envases y merchandising no estaría motivado por esa eventual rebaja fiscal. Consultadas por este periódico, las empresas citadas en este artículo no han querido hacer comentarios al respecto.
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