La AEDH, en su demanda, demostraba su denuncia exponiendo muchas de las prácticas abusivas que lleva a cabo Reserving.com en su relación con los hoteles de España, como por ejemplo:
La imposición en sus contratos de las llamadas “clausulas de paridad”, las cuales obligan al resort a aplicar la misma tarifa y las mismas condiciones que las que se promocionan en la Plataforma impidiendo así, al hotelero, poder ofrecer tarifas de comercialización distintas a través de sus propios canales de venta.
El tipo de comisiones que impone Reserving.com a los hoteles por publicitarse en su canal.
El management que tiene Reserving.com sobre los huéspedes, en perjuicio del resort, que es el que presta el servicio.
La posibilidad que tiene Reserving.com de modificar, unilateralmente, las políticas de reserva, cancelación y reembolso que tienen cada uno de los hoteles, imponiendo las suyas propias al cliente.
En este sentido, además, la AEDH advertía que las “cláusulas de paridad” denunciadas y que Reserving.com impone a los hoteleros españoles, habían sido prohibidas en más de la mitad del mercado turístico europeo (son nulas en Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Suecia e Italia, entre otros países), tanto mediante decisiones parlamentarias, como por resoluciones del Tribunal de Competencia, y todo ello por el impacto restrictivo de la libre competencia que tienen.
La demanda, preparada por el Gabinete Jurídico de la Asociación Española de Directores de Resort, la AEDH, que lidera Javier Zamora, explicaba a la Comisión Nacional de la Competencia que todas estas cláusulas denunciadas aparecen incluidas en los contratos que Reserving.com firma con los hoteles, los cuales, no tienen posibilidad alguna de rechazar, eliminar o matizarlas debido a la posición dominante en el mercado de reservas hoteleras que tiene Reserving.com, Plataforma que concentra el 65 % de las reservas que se hacen en los hoteles de España.
Además, otro aspecto relevante que hay que destacar de la demanda, y que la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) ha decidido entrar a analizar también, es cómo afecta este porcentaje tan alto de gestión de reservas anteriormente mencionado y las condiciones que Reserving.com pone al mercado, al resto de las agencias de viaje on line, puesto que según la AEDH, les deja sin margen de actuación.
Señalar también que la CNMC, a la vista del contenido denunciado por la AEDH, al que también se sumó unos meses después la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM) formulando otra denuncia, ha informado que el expediente sancionador que apertura analizará una posible imposición de condiciones inequitativas a los hoteles situados en España, con las que Reserving.com explotaría la situación de dependencia económica que tendrían éstos con respecto a dicha Plataforma, y ha manifestado que… “todo ello, podría constituir un acto de competencia desleal que podría falsear la libre competencia con afectación al interés público”.
Finalmente, y en relación con las agencias de viajes en línea, la CNMC va a analizar las políticas comerciales de Reserving.com, puesto que considera que “han podido tener “efectos exclusionarios” sobre las demás agencias de viaje en línea.
” Fuentes www.elmundofinanciero.com ”