Durante la jornada de este jueves, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación informó que entró en vigencia un nuevo régimen de “local virtual” para las agencias de viajes.
De acuerdo a lo establecido en la Resolución 366/2022, se reconoce a los sitios de web de las agencias de viajes, debidamente acreditados, bajo el régimen y requisitos que tienen los locales físicos.
Este nuevo régimen permite a las agencias operar la atención al público con un “local virtual” de forma permanente, que deberá funcionar en una internet .tur.ar, y promoverá el management y fiscalización más eficiente sobre las agencias que lo utilicen, ya que deberán estar registradas.
Para operar de esta manera, las agencias deberán habilitar la opción ante la Dirección Nacional de Agencias de Viajes, exhibir en un lugar seen la disposición habilitante, la razón social y el número de legajo del Registro de Agentes de Viajes; habilitar y poner a la vista de las personas usuarias las vías de comunicación para efectuar reclamos; e incluir un enlace directo al trámite “Denuncia contra una agencia” de la plataforma TAD del GDE. No se podrá compartir el “local virtual” con otra actividad.
Según la nueva reglamentación, las agencias que hayan obtenido el “permiso precario” podrán solicitar el subdominio .tur.ar ante la Dirección Nacional del Registro de Dominios de Web de la Secretaría Authorized y Técnica de la Presidencia de la Nación.
” Fuentes diariohoy.net ”
