Se acerca el verano y con él las vacaciones de muchos españoles y el aumento de desplazamientos en carretera. Con este incremento de viajes en coche, existen una serie de infracciones que la DGT recuerda que suelen cometerse con más frecuencia durante los meses de más calor.
En el artículo de hoy recordamos algunas de las infracciones al volante que más suelen llevarse a cabo en esta época del año con el fin de advertir a los conductores y evitar más multas y pérdida de puntos.
Manipular navegadores GPS durante la conducción
Una de las infracciones más comunes en verano es la manipulación de navegadores GPS mientras vamos conduciendo. Es regular que en esta época del año se realicen viajes por lugares que no conocemos, por lo que el uso y la manipulación del GPS se vuelve un imprescindible a la hora de desplazarnos.
La DGT recuerda que manipular, coger, colocar o buscar direcciones en el navegador es ilegal durante una correcta conducción. Como consecuencia, y teniendo en cuenta la nueva Ley de Tráfico, podrás ser sancionado con la pérdida de 6 puntos en el carné de conducir y 200 euros de multa económica.
Utilizar el teléfono móvil
Algo muy parecido ocurre con el teléfono móvil. Con Google Maps el uso del teléfono móvil para buscar rutas y direcciones se ha vuelto cada vez más común y por ello también debemos tener cuidado. La sanción por conducir con el móvil en la mano es de 6 puntos. No es necesario ir hablando por teléfono para perder 6 puntos y recibir una multa de 500 euros: será suficiente con llevarlo en la mano.
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No usar el cinturón
En verano son muy comunes esos trayectos cortos entre la casa y la playa o piscina, por ejemplo. En este contexto, son muchas las personas que, al considerar que la distancia no es muy larga, deciden no utilizar el cinturón. Recordamos que si el conductor no lleva el cinturón puesto mientras circula puede perder hasta 4 puntos del carnet de conducir. La multa asciende a los 200 euros.
Conducir en chanclas o descalzo
En el Reglamento Common de Circulación (RGC) no existen normas específicas sobre el calzado en la conducción, y no es sancionable en sí misma la conducción con un tipo de calzado concreto (chanclas, por ejemplo). Pero si un agente de la autoridad entiende que dicho calzado afecta a la seguridad en la conducción (no permite manejar bien los pedales, por ejemplo) esta conducta puede ser sancionable.
Es aquí donde los agentes de tráfico pueden ampararse para multarnos con hasta 200 euros por conducción negligente si consideran que con esas chanclas o sin zapatos no podemos controlar correctamente el vehículo. Así que cuidado con esos días de calor y playa donde decidimos utilizar chanclas: lleva siempre otro tipo de calzado más adecuado en el maletero por si acaso.
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